Edición de revistas culturales 2026 — subvenciones del Ministerio de Cultura
1.000.000 € para editar revistas culturales de proyección nacional y alcance comercial reducido, en cualquier lengua oficial de España. Entran editoriales, autónomos e instituciones sin fines de lucro, y se financia la edición de los números del propio año.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas jurídicas y físicas —autónomos— e instituciones sin fines de lucro que tengan como actividad, única o entre otras, la edición de revistas culturales, legalmente constituidas y con residencia fiscal en España. Quedan automáticamente excluidas las instituciones sin fines de lucro cuyo ámbito estatutario sea exclusivamente local o autonómico
- Cuánto se cobra
- Se determina según la puntuación del proyecto editorial dentro del crédito de la convocatoria
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 1.000.000 € del presupuesto de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura
- Organismo
- MINISTERIO DE CULTURA. Código BDNS 898884.
Qué revista encaja
La convocatoria acota bien el perfil: revistas del sector cultural de proyección nacional y alcance comercial reducido que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico español, escritas en cualquiera de las lenguas oficiales de España o con reconocimiento en un estatuto de autonomía. El gallego entra.
Se subvenciona la edición de los números correspondientes al año 2026, según la periodicidad de cada revista.
Dos filtros que conviene comprobar antes:
- Proyección nacional. Las instituciones sin fines de lucro con ámbito estatutario exclusivamente local o autonómico quedan automáticamente excluidas. Una asociación cuyos estatutos digan «ámbito de Galicia» no puede presentarse; una editorial mercantil gallega, sí.
- Alcance comercial reducido. No es una ayuda para publicaciones de gran tirada.
Límites de gasto y plazo
Dos topes de imputación que hay que tener en cuenta al presupuestar:
- Los costes indirectos —los variables imputables a varias actividades y los de estructura— no pueden superar el 25 % del importe de la ayuda concedida, y se acreditan con una memoria que justifique su necesidad, su vinculación con la actividad y que la cuantía es acorde a precios de mercado.
- Las retribuciones de los socios por su relación laboral con la propia empresa están limitadas.
El plazo es de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. La convocatoria de 2026 es de 9 de abril. Todas las comunicaciones son electrónicas por imperativo de la Orden CUD/1024/2021.
Los proyectos quedan adheridos automáticamente al Plan de Fomento de la Lectura y el plazo para resolver es de seis meses desde la publicación del extracto.
Para qué cliente
Editoriales y autónomos gallegos que publiquen revista cultural: literaria, de pensamiento, de artes visuales, de patrimonio. Es una convocatoria pequeña, con poca competencia relativa y un trámite corto.
Se combina con las otras líneas del libro del Ministerio, todas con plazo de quince días hábiles y el mismo perfil de beneficiario: edición de libros, traducción entre lenguas del Estado y modernización de librerías.
A quién no ofrecérsela
- Asociaciones y fundaciones de ámbito estatutario local o autonómico.
- Revistas sin proyección nacional o de gran alcance comercial.
- Publicaciones no periódicas.
Última convocatoria
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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