Ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música en la Comunidad de Madrid 2026
De 4.000 a 41.500 € según la nota, con una escala punto a punto: cada punto de más vale 1.500 € exactos. Con 25 puntos ya se cobra, y las tres modalidades —ópera y zarzuela, disco y festivales— son compatibles entre sí.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Productores y empresas de producción musical cuyo objeto sea la actividad musical, con la condición de microempresa o pequeña empresa
- Cuánto se cobra
- Escala de 4.000 € por 25 puntos hasta 41.500 € por 50 puntos, con el límite del importe solicitado y sin exceder el 75 % del presupuesto presentado
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con propuesta de la Comisión Sectorial de Música del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid
- Presupuesto
- 350.000 € en la posición presupuestaria G/334A/47399 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para 2026
- Organismo
- COMUNIDAD DE MADRID. Código BDNS 891690.
Tres modalidades, y son compatibles
- Producción y estreno de espectáculos musicales con música en directo: ópera y zarzuela.
- Grabación, edición discográfica y difusión por medios audiovisuales o por internet.
- Producción y exhibición de ciclos o festivales y conciertos. Se entiende por ciclo o festival la realización de eventos musicales de cualquier estilo en los que se programen al menos cuatro conciertos diferentes.
Las modalidades son compatibles entre sí, así que una misma empresa puede presentar proyectos en varias.
Periodo subvencionable
Del 7 de noviembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026.
La definición de festival —cuatro conciertos diferentes, de cualquier estilo— es de las más abiertas del catálogo cultural: no exige género, ni aforo, ni continuidad histórica. Un ciclo de cuatro conciertos en una sala pequeña encaja igual que un festival grande.
La escala: cada punto vale 1.500 €
Con 25 puntos ya se cobra, y a partir de ahí la cuantía sube linealmente:
| Puntos | Euros | Puntos | Euros |
|---|---|---|---|
| 25 | 4.000 | 38 | 23.500 |
| 26 | 5.500 | 39 | 25.000 |
| 27 | 7.000 | 40 | 26.500 |
| 28 | 8.500 | 41 | 28.000 |
| 29 | 10.000 | 42 | 29.500 |
| 30 | 11.500 | 43 | 31.000 |
| 31 | 13.000 | 44 | 32.500 |
| 32 | 14.500 | 45 | 34.000 |
| 33 | 16.000 | 46 | 35.500 |
| 34 | 17.500 | 47 | 37.000 |
| 35 | 19.000 | 48 | 38.500 |
| 36 | 20.500 | 49 | 40.000 |
| 37 | 22.000 | 50 | 41.500 |
Cada punto adicional vale exactamente 1.500 €, sin excepción, desde el 25 hasta el 50. Es la escala más transparente del catálogo cultural madrileño: permite estimar el retorno de cada mejora del proyecto antes de presentarlo, algo que no se puede hacer en las convocatorias que reparten por «valor del punto» dependiente de cuántos concurran.
Dos topes por encima de la escala
- La cuantía no puede superar el importe solicitado.
- Ni exceder del 75 % del presupuesto presentado en la solicitud.
Para cobrar los 41.500 € completos hace falta, por tanto, un proyecto de al menos 55.334 € de presupuesto.
Si el dinero no alcanza
Si la suma de las ayudas resultantes de la escala supera los 350.000 €, los proyectos se ordenan de mayor a menor puntuación; los empates se deshacen por el primer criterio, después por el segundo, y en último término por orden de entrada. No se adjudica ninguna ayuda sin cobertura presupuestaria, por alta que sea la puntuación.
Quién decide y cuándo se pide
La comisión
Instruye la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, y la propuesta la hace la Comisión Sectorial de Música del Consejo de Cultura, presidida por el Subdirector General de Programación e Industrias Culturales. Entre sus vocales hay un representante de cada grupo parlamentario de la Asamblea de Madrid y de instituciones como la Universidad Autónoma, el INAEM, ARTEMAD, la Asociación Madrileña de Compositores, la Fundación Isaac Albéniz, la Residencia de Estudiantes y la Fundación Orquesta y Coro de la Comunidad de Madrid.
Es un órgano amplio y sectorial, con presencia de las asociaciones profesionales del ramo. En la práctica significa que la memoria la leen personas del sector: merece la pena escribirla en el lenguaje de la industria musical y no en el de un formulario administrativo.
Requisitos y plazo
- Ser productor o empresa cuyo objeto sea la actividad musical, con condición de microempresa o pequeña empresa.
- Cumplir los requisitos de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y de la Ley 2/1995 de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
- Plazo: quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOCM, que salió el 18 de marzo de 2026 (BOCM-20260318-50).
Régimen de ayuda
Minimis del Reglamento (UE) 2023/2831. Las bases reguladoras son la Orden 1424/2016, de 18 de abril (BOCM de 6 de mayo de 2016), modificada por la Orden 232/2018, de 6 de marzo, y la Orden 1015/2021, de 6 de septiembre.
Cierra hoy
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
Te la tramitamos nosotros
Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.
Estudia mi casoGratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h
Texto oficial
Orden 388/2026 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música en 2026 — texto completo en la BDNSExtracto de la convocatoria — BOCM de 18 de marzo de 2026 (BOCM-20260318-50)Un caso parecido
16.000 €
Empresa de Madrid, en Mentoring de la Agencia para el Empleo de Madrid. De los 1,5 M€ que conseguimos para nuestros clientes en 2025.