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Ayudas a proyectos editoriales en Aragón

175.000 € para las editoriales aragonesas, con el 80 % del presupuesto del proyecto y un tope por beneficiario del 10 % del crédito total: 17.500 €. Hace falta sello editorial constituido, alta en el epígrafe 476.1 y código de editor del ISBN.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas editoriales —personas físicas y jurídicas— y entidades sin ánimo de lucro con sello editorial legalmente constituido y domicilio social en Aragón, que presenten proyectos editoriales
Cuánto se cobra
Hasta el 80 % del presupuesto del proyecto presentado, sin superar el 10 % del crédito total de la convocatoria por beneficiario
Procedimiento
Concurrencia competitiva con baremo
Presupuesto
175.000 €. Coincide con lo registrado en la BDNS
Organismo
ARAGÓN. Código BDNS 886376.

Objeto y beneficiarios

Financia proyectos editoriales de editoriales aragonesas. Pueden ser beneficiarias tanto empresas editoriales —personas físicas y jurídicas— como entidades sin ánimo de lucro.

El requisito de entrada es tener el sello editorial legalmente constituido, y se acredita con dos cosas a la vez:

  • El alta como editorial en el IAE, epígrafe 476.1.
  • La asignación de número o código de editor por la Agencia Española del ISBN.

Además, domicilio social en Aragón.

Ambos trámites llevan tiempo: quien se plantee entrar en el sector debe resolverlos con antelación, porque el plazo de la convocatoria es de solo diez días hábiles.

Cuánto se cobra

Hasta el 80 % del presupuesto del proyecto presentado.

Y un segundo límite que es el que de verdad acota: la subvención no puede superar el 10 % del presupuesto total destinado a las ayudas al sector editorial en la convocatoria. Con 175.000 € de crédito, eso significa un tope de 17.500 € por beneficiario.

Ese diseño garantiza que el dinero se reparta entre al menos diez editoriales y evita que una sola se lleve una parte desproporcionada.

Plazos

Diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”.

La convocatoria es la Orden ECD/503/2026, de 17 de marzo, publicada en el BOA de 1 de abril de 2026. Se registró en la BDNS el 10 de febrero de 2026.

Cuándo vuelve a convocarse

Convocatoria anual de la Dirección General de Cultura, publicada junto con las demás líneas sectoriales del departamento.

Calendario habitual: registro en la BDNS en febrero y publicación en el BOA entre marzo y abril, con diez días hábiles de plazo. Conviene vigilar el BOA desde febrero.

La Dirección General convoca en paralelo una línea propia para librerías —actividades culturales organizadas por ellas—, con 25.000 €. Editorial y librería son beneficiarios distintos y no compiten por el mismo crédito.

Plazo

Última convocatoria

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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