Ayudas a proyectos editoriales en Aragón
175.000 € para las editoriales aragonesas, con el 80 % del presupuesto del proyecto y un tope por beneficiario del 10 % del crédito total: 17.500 €. Hace falta sello editorial constituido, alta en el epígrafe 476.1 y código de editor del ISBN.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas editoriales —personas físicas y jurídicas— y entidades sin ánimo de lucro con sello editorial legalmente constituido y domicilio social en Aragón, que presenten proyectos editoriales
- Cuánto se cobra
- Hasta el 80 % del presupuesto del proyecto presentado, sin superar el 10 % del crédito total de la convocatoria por beneficiario
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con baremo
- Presupuesto
- 175.000 €. Coincide con lo registrado en la BDNS
- Organismo
- ARAGÓN. Código BDNS 886376.
Objeto y beneficiarios
Financia proyectos editoriales de editoriales aragonesas. Pueden ser beneficiarias tanto empresas editoriales —personas físicas y jurídicas— como entidades sin ánimo de lucro.
El requisito de entrada es tener el sello editorial legalmente constituido, y se acredita con dos cosas a la vez:
- El alta como editorial en el IAE, epígrafe 476.1.
- La asignación de número o código de editor por la Agencia Española del ISBN.
Además, domicilio social en Aragón.
Ambos trámites llevan tiempo: quien se plantee entrar en el sector debe resolverlos con antelación, porque el plazo de la convocatoria es de solo diez días hábiles.
Cuánto se cobra
Hasta el 80 % del presupuesto del proyecto presentado.
Y un segundo límite que es el que de verdad acota: la subvención no puede superar el 10 % del presupuesto total destinado a las ayudas al sector editorial en la convocatoria. Con 175.000 € de crédito, eso significa un tope de 17.500 € por beneficiario.
Ese diseño garantiza que el dinero se reparta entre al menos diez editoriales y evita que una sola se lleve una parte desproporcionada.
Plazos
Diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”.
La convocatoria es la Orden ECD/503/2026, de 17 de marzo, publicada en el BOA de 1 de abril de 2026. Se registró en la BDNS el 10 de febrero de 2026.
Cuándo vuelve a convocarse
Convocatoria anual de la Dirección General de Cultura, publicada junto con las demás líneas sectoriales del departamento.
Calendario habitual: registro en la BDNS en febrero y publicación en el BOA entre marzo y abril, con diez días hábiles de plazo. Conviene vigilar el BOA desde febrero.
La Dirección General convoca en paralelo una línea propia para librerías —actividades culturales organizadas por ellas—, con 25.000 €. Editorial y librería son beneficiarios distintos y no compiten por el mismo crédito.
Última convocatoria
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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