Producción editorial e internacionalización del sector del libro
El 80 % de la inversión, hasta 6.000 € por cada uno de los dos tipos de proyecto: editar libros de interés para la Comunidad e ir a ferias internacionales del libro. El importe no es fijo, se reparte entre todos los proyectos que superen el corte según su puntuación.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas editoriales con residencia fiscal en Castilla y León —personas físicas o jurídicas cuya actividad u objeto social sea, único o entre otros, la edición de libros— con labor editorial ininterrumpida en los dos años anteriores
- Cuánto se cobra
- Hasta el 80 % de la inversión, con un límite de 6.000 € por cada uno de los dos tipos de proyecto
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con reparto proporcional a la puntuación entre los proyectos que superen el mínimo
- Presupuesto
- 140.000 €: 35.000 € en 2026 y 105.000 € en 2027, aplicación 10.03.334A01.7700Q.0
- Organismo
- CASTILLA Y LEÓN. Código BDNS 903035.
Objeto
Dos tipos de proyecto, acumulables:
- Producción editorial de interés para la Comunidad, que puede contener la edición de uno o varios libros.
- Internacionalización editorial mediante la asistencia a ferias o salones internacionales del sector del libro, tanto en España como fuera de ella.
Gastos de producción editorial
Los del artículo 31 de la Ley General de Subvenciones devengados en el periodo de ejecución, y en concreto diseño y maquetación, preimpresión, impresión y manipulado, entre otros.
Quedan fuera los gastos periciales y los gastos de garantía bancaria.
Quién puede solicitarla
Empresas editoriales con residencia fiscal en Castilla y León: personas físicas y jurídicas que tengan como actividad o como objeto social —único o entre otros— la edición de libros.
Los dos requisitos que hay que acreditar
- No tener oficina abierta en la ciudad donde se celebren las ferias o salones internacionales para los que se solicita la subvención.
- Haber realizado una labor editorial ininterrumpida en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria, tomando como referencia la fecha de alta en el epígrafe correspondiente.
El primer requisito es una cláusula anti-oportunismo poco habitual: si la editorial ya tiene oficina en la ciudad de la feria, no puede cobrar por asistir a ella. Conviene comprobarlo antes de incluir un salón en el proyecto de internacionalización.
Que el objeto social admita la edición «entre otros» abre la puerta a empresas mixtas —imprentas, librerías con sello propio, medios— siempre que acrediten los dos años de labor editorial continuada.
Cuantía: un reparto proporcional, no un importe fijo
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Porcentaje máximo | 80 % del total de la inversión de cada proyecto |
| Límite por tipo de proyecto | 6.000 € |
| Máximo acumulando ambos tipos | 12.000 € |
Cómo se calcula realmente
El importe de cada proyecto es proporcional a la puntuación obtenida, según la fórmula:
puntos del proyecto × dotación total de la convocatoria ÷ suma total de puntos de todos los proyectos que alcancen la puntuación mínima.
Esto significa que el importe no se conoce al solicitar: depende de cuántos concurran y de qué puntúen. El 80 % y los 6.000 € son techos, no expectativas. En una convocatoria muy concurrida, un proyecto bien puntuado puede acabar cobrando bastante menos que su tope.
El importe total es la suma de lo concedido por cada uno de los dos tipos de proyecto, si se presentan ambos.
Como minimis, no puede hacerse superar el tope de 300.000 € en los tres años previos a la publicación de la resolución.
Documentación específica
Además de la general, cada tipo de proyecto exige su formulario propio, disponible en la sede electrónica:
- Producción editorial: formulario «Memoria resumen del proyecto de producción editorial de interés para Castilla y León».
- Internacionalización: formulario «Memoria resumen del proyecto de internacionalización editorial mediante la asistencia a ferias y salones internacionales del sector del libro», más la documentación acreditativa de la asistencia a las ferias o salones que figuran en el anexo de la convocatoria durante el periodo de ejecución.
Las ferias válidas están tasadas en el anexo: no vale cualquier salón internacional. Antes de comprometer stand y viajes conviene comprobar que el certamen está en la lista.
También puede acreditarse la participación u organización de eventos profesionales —seminarios, mesas redondas— en esas ferias durante el periodo de ejecución, que suma en la valoración.
Si se han realizado contrataciones de personas con discapacidad, hay que aportar la documentación acreditativa. Y, en su caso, la de situaciones de ERTE, excedencia, permisos, bajas por incapacidad temporal o suspensiones similares de la relación laboral en la empresa.
Obligaciones, plazo y pago
Destino de los bienes inventariables
Hay que destinarlos al fin concreto de la subvención durante cinco años si son inscribibles en un registro público y dos años el resto, contados desde su adquisición. No se considera incumplida la obligación en los supuestos del artículo 31.5 de la Ley General de Subvenciones.
Plazo
Cerró el 27 de mayo de 2026. Vía telemática, en tramitacastillayleon.jcyl.es.
Cuándo se cobra
35.000 € en 2026 y 105.000 € en 2027: tres cuartas partes del crédito se pagan en el ejercicio siguiente.
Encaje con la otra línea editorial del sector
Esta convocatoria cubre edición e internacionalización. Para una editorial castellanoleonesa que además quiera digitalizar su gestión o su canal de venta, la línea de modernización y digitalización del comercio no le sirve —excluye la venta no realizada en establecimiento—, pero sí puede encajar en las líneas generales del ICE si el proyecto alcanza sus umbrales de inversión.
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