Plan Socioeconómico de La Raya · Diputación de Zamora
Hasta el 74 % de la inversión y 300.000 € por proyecto en los municipios rayanos de Zamora. Dos de sus cuatro líneas no financian nada por su cuenta: complementan la ayuda que ya concedió el ICE hasta llevar la intensidad al 74 %. Abierta hasta final de 2026 y con gasto elegible hasta abril de 2027.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que ejerzan o vayan a ejercer una actividad económica con centro de trabajo en los municipios de La Raya de la provincia de Zamora
- Cuánto se cobra
- Hasta el 74 % de los costes subvencionables con un límite de 300.000 € por proyecto; 60 % fijo en la línea de residencias
- Procedimiento
- Valoración por una Comisión de Evaluación, con propuesta de resolución provisional y trámite de audiencia de diez días
- Presupuesto
- 4.000.000 € en la aplicación 71 433.0 770.00, aportados a partes iguales por la Junta de Castilla y León y la Diputación de Zamora, y distribuidos en 1.700.000 € (2025), 2.000.000 € (2026) y 300.000 € (2027)
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE ZAMORA. Código BDNS 903071.
Objeto y estructura
Financia proyectos empresariales en los municipios rayanos de la provincia de Zamora, dentro del Plan Socioeconómico de La Raya 2025-2027. Es, con diferencia, la convocatoria local de mayor dotación de Castilla y León: 4 millones de euros, aportados a partes iguales por la Junta y la Diputación.
| Línea | Qué hace |
|---|---|
| 1 | Complementa la ayuda del ICE a proyectos de creación de empresas |
| 2 | Complementa la ayuda del ICE a proyectos empresariales de inversión (FEDER) |
| 3 | Ampliación de plazas en residencias con modelo de unidad de convivencia |
| 4 | Inversión en agricultura, industria, construcción y comercio |
Las líneas 1 y 2 son de las pocas ayudas del catálogo que existen únicamente para elevar la intensidad de otra subvención. No se piden en lugar de la del ICE: se piden además, y solo puede pedirlas quien ya obtuvo aquella. Para un cliente con proyecto en La Raya, el orden correcto es primero el ICE y después la Diputación.
Quién puede solicitarla
Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que ejerzan o vayan a ejercer una actividad económica en los municipios del «Anexo: Municipios de la Raya en la provincia de Zamora», con los centros de trabajo situados en ellos.
Especialidades por línea
- Líneas 1 y 2: solo quienes ya han adquirido la condición de beneficiario de la convocatoria del ICE correspondiente —creación de empresas o proyectos empresariales de inversión FEDER—, o de convocatorias posteriores del mismo o similar objeto.
- Línea 3: actividades de la Sección R, división 87 del CNAE-2025: 87.1 asistencia en establecimientos residenciales con cuidados sanitarios y 87.3 asistencia residencial a personas mayores o con discapacidad física. La inversión debe ir vinculada a creación de empleo.
- Línea 4: actividades de las Secciones A, C, F y G: entre otras, todo el grupo 01.6 de actividades de apoyo a la agricultura y la ganadería, además de industria, construcción y comercio.
Cuantía
Línea 1 — complemento a creación de empresas
Partiendo de los porcentajes del ICE en la provincia de Zamora —35 %, 40 % o 45 %—, la Diputación complementa hasta un máximo del 74 % de los costes subvencionables, con el límite de 300.000 €.
Línea 2 — complemento a proyectos de inversión
Partiendo de la intensidad máxima del ICE en Zamora —30 % para medianas y 40 % para pequeñas empresas—, la Diputación complementa hasta esos porcentajes máximos.
Línea 3 — residencias
Porcentaje fijo del 60 % de los costes subvencionables, con límite de 300.000 €.
Línea 4 — inversión productiva, por tramos
| Tramo de inversión (IVA excluido) | Porcentaje |
|---|---|
| Hasta 150.000 € | 74 % |
| Lo que exceda de 150.000 € | Porcentaje reducido |
El primer tramo se subvenciona siempre al 74 %, y solo el exceso baja de porcentaje. Para un proyecto de 150.000 € exactos, la ayuda es de 111.000 €.
El 74 % de la línea 4 es la intensidad más alta que puede alcanzar un proyecto de inversión productiva en Castilla y León, muy por encima del 45 % del Mapa Regional de Ayudas. Es el efecto de sumar dos administraciones sobre el mismo gasto.
Gastos y exclusiones
En las líneas 1 y 2, los gastos y las exclusiones son los que fijen las convocatorias del ICE correspondientes: no hay reglas propias.
En las líneas 3 y 4 se subvencionan activos fijos materiales e inmateriales y los gastos necesarios para el proyecto, incluidos terrenos y bienes inmuebles cuando exista relación directa entre la compra y los objetivos, con un tope del 10 % del gasto total subvencionable para la adquisición de terrenos.
Excluido en las líneas 3 y 4
- Gastos corrientes en bienes y servicios.
- Teléfonos móviles, smartphones, tabletas y dispositivos móviles similares.
- Obra civil sobre terrenos o edificios que no sean propiedad del beneficiario, salvo mero acondicionamiento de local.
- Proyectos de obra civil no asociados a gastos subvencionables.
- Terrenos, construcciones y ejecuciones de obra destinados a la venta.
- Adquisición de existencias y de vehículos.
- Inversiones cuya finalidad no sea estrictamente empresarial, y elementos decorativos.
- IVA o cualquier impuesto recuperable.
- Arrendamiento financiero (leasing).
Dos umbrales que hay que mirar antes de nada
- Inversión mínima de 10.000 € (IVA excluido). Por debajo, no se admite.
- No se admiten justificantes de importe individual inferior a 100 € (IVA excluido).
Terrenos y bienes inmuebles
El precio de compra no puede superar el valor de mercado, acreditado mediante certificado de tasador independiente inscrito en el registro oficial. Y no son subvencionables los terrenos o inmuebles que pertenezcan o hayan pertenecido a la empresa beneficiaria o a una entidad vinculada.
Cuando el gasto supere los umbrales del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, hay que pedir tres ofertas de distintos proveedores antes de contratar.
Plazos y tramitación
- Plazo de solicitud: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora hasta el 31 de diciembre de 2026, ampliable según la ejecución y planificación de la convocatoria.
- Plazo de realización del gasto: del 1 de junio de 2025 al 30 de abril de 2027, también ampliable si la Consejería de Economía y Hacienda amplía el plazo de ejecución de la Orden de 25 de julio de 2025.
Una ventana de gasto de casi dos años, con la solicitud abierta hasta fin de 2026, es algo poco frecuente. Permite solicitar con el proyecto en marcha y seguir ejecutando después.
Cómo se presenta
- Personas físicas: pueden elegir entre registro presencial —modelo 4431 0010— o electrónico.
- Personas jurídicas: obligatoriamente por el Registro Electrónico de la Sede de la Diputación de Zamora, usando el trámite del catálogo. Se localiza introduciendo el código 4447 en «Buscar trámite». No se admite la presentación electrónica fuera del catálogo de procedimientos.
Si una persona jurídica presenta en papel, se le requiere para que subsane presentando electrónicamente, y la fecha que cuenta pasa a ser la de la subsanación, no la original.
Instrucción
Instruye el Diputado Delegado del Área de Desarrollo Económico y Promoción del Territorio. Una Comisión de Evaluación —el diputado y dos funcionarios del servicio— comprueba requisitos y determina la cuantía. Hay propuesta de resolución provisional con diez días de alegaciones, salvo que no se tengan en cuenta otros hechos que los aducidos por los interesados, en cuyo caso la propuesta es directamente definitiva.
Ante defectos, se requiere subsanación en diez días con desistimiento si no se atiende.
Crédito ampliable
Los 4 millones pueden ampliarse con aportaciones futuras de la Junta y de la Diputación. La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en cada ejercicio.
124 días
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
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