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Última convocatoriaComercio, turismo y hosteleríaAragónConcurrencia competitiva

Iniciativas empresariales de inversión y mejora en el pequeño comercio de la provincia de Teruel

La versión turolense de la ayuda al comercio, y con diferencia la más generosa: hasta el 80 % de una inversión de 75.000 € —frente a los 6.000 € de la línea general aragonesa—. Financia obra, equipamiento y marketing digital, y en los pueblos con menor índice de desarrollo basta con invertir 1.000 € para entrar.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes comerciales minoristas —personas físicas, jurídicas y sociedades civiles— con establecimiento físico permanente inscrito en el Registro de Actividades Comerciales de Aragón, que realicen la inversión en la provincia de Teruel
Cuánto se cobra
Hasta el 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 75.000 € de inversión por beneficiario, IVA excluido
Procedimiento
Concurrencia competitiva con baremo; si el crédito no alcanza, se prorratea en proporción a la puntuación
Presupuesto
500.000 € con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel de 2022, al 50 % entre dos aplicaciones presupuestarias. Coincide con lo registrado en la BDNS
Organismo
ARAGÓN. Código BDNS 917391.

Objeto

Es la línea de comercio con más dinero por expediente de todo el catálogo aragonés, financiada con el Fondo de Inversiones de Teruel. Subvenciona dos tipos de actuación, siempre realizadas en la provincia de Teruel:

  • Obras o reformas para abrir un local comercial nuevo, o para modernizarlo, ampliarlo o acondicionarlo, y el equipamiento del local.
  • Marketing digital y comercio electrónico: adquisición e implantación o adaptación de herramientas de software.

Si en el mismo establecimiento se desarrolla más de una actividad económica, la zona dedicada exclusivamente a tienda debe poder identificarse visualmente o estar separada por tabiques, biombos, estanterías o similares de las áreas destinadas a bar, restaurante, peluquería u otras. Es un requisito físico que conviene resolver antes de fotografiar el local para la memoria.

La venta online subvencionada debe cumplir el artículo 10 de la Ley 34/2002: identificación de la empresa y, en su caso, condiciones de venta y envío.

Cuánto se cobra y cuánto hay que invertir

Hasta el 80 % de la inversión subvencionable, IVA excluido, tanto en obra y equipamiento como en marketing digital.

El límite superior es lo que distingue a esta convocatoria: 75.000 € de inversión máxima subvencionable por beneficiario, es decir, hasta 60.000 € de ayuda. La línea general del comercio aragonés se queda en 6.000 € de inversión.

Inversión mínima, según dónde esté la tienda

Nivel de proyectoLocalidadInversión mínima
Nivel IÍndice Sintético de Desarrollo Territorial igual o inferior a 1011.000 €
Nivel IIÍndice superior a 1013.000 €

En marketing digital o comercio electrónico la inversión mínima es de 1.000 € en cualquier caso.

Las solicitudes por debajo del mínimo se desestiman, sin más trámite.

Una solicitud por establecimiento, hasta un máximo de tres por solicitante, y los 75.000 € son el tope de la suma de los tres. El límite de tres se aplica conjuntamente a grupos de empresas y empresas vinculadas según el artículo 3 del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 y el artículo 42 del Código de Comercio.

El baremo

CriterioPuntos
Proyecto de nivel I —localidad con índice igual o inferior a 101—3
Proyecto de nivel II2
Antigüedad del alta en el IAE: más de 10 años3
Entre 5 y 10 años2
Menos de 5 años1
Certificado de calidad UNE 175.000 o ISO 9000 vigente y acreditado por ENAC2
Adherido a la Junta Arbitral de Consumo1
Pertenecer a una asociación de empresarios de comercio1
Comercio adherido a la Red de Multiservicios Rurales2

En traspasos por relevo generacional puede computarse la antigüedad del comercio anterior al traspaso.

El baremo importa menos aquí que en otras líneas: la convocatoria declara expresamente que todas las solicitudes que llegan a la fase de valoración se consideran subvencionables, porque todas atienden a la misma finalidad en el mismo territorio. Si el crédito no alcanza, no se elimina a nadie: se prorratea en proporción a la puntuación. Y si sobra crédito, se hacen prorrateos al alza hasta ajustarlo.

Requisitos de acceso

Además de ser pyme minorista incluida en el ámbito de la Ley 4/2015 de Comercio de Aragón, con establecimiento físico permanente y actividad principal en los epígrafes del IAE 641, 642, 643, 644, 645, 647.1 a 647.4, 651, 652.2 a 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2:

  • El establecimiento debe estar inscrito en el Registro de Actividades Comerciales de Aragón. Para la ayuda de marketing digital o comercio electrónico el requisito es explícito y se comprueba de oficio; si falta la inscripción, hay diez días hábiles para subsanar.
  • Quedan excluidas las grandes empresas de distribución.

Plazos

La convocatoria es la Orden ECE/1090/2026, de 9 de julio, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón” de 24 de julio de 2026.

Presentación electrónica ante el Departamento competente en materia de comercio.

Cuándo vuelve a convocarse

Las bases son la Orden EIE/815/2016, de 25 de julio, de ayudas a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias. Se ha convocado cuatro veces, con un salto en 2024:

EdiciónRegistro en la BDNSCrédito
20222022
20232023
202511 de julio de 2025500.000 €
20266 de julio de 2026500.000 €

Convocatoria en julio con publicación a finales de mes, y medio millón de crédito estable. Al depender del Fondo de Inversiones de Teruel —esta edición se paga con el fondo de 2022—, la continuidad está ligada al convenio anual entre el Estado y Aragón, que se firma en diciembre.

Para un comercio de Teruel, esta convocatoria y la línea general aragonesa de inversión y digitalización son alternativas, no complementarias: conviene comparar plazos y topes antes de decidir, porque la turolense multiplica por más de diez la inversión admitida.

Plazo6 de agosto de 2026

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Texto oficial

Orden ECE/1090/2026, de 9 de julio, de convocatoria (BOA de 24 de julio de 2026)Ficha de la convocatoria en la BDNS

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