Pastoreo controlado en las áreas de defensa contra incendios
La Junta paga a los ganaderos de extensivo por meter el rebaño en los cortafuegos del monte y dejarlos limpios de pasto y matorral: entre 100 y 150 € por hectárea, el 100 % del coste. Hay 462 zonas ofertadas en las cinco provincias y el plazo se cierra el 14 de octubre de 2026.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 928405
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de explotaciones ganaderas extensivas de ovino, caprino, bovino o equino inscritas en el REGA de Castilla-La Mancha: personas físicas o jurídicas, agrupaciones y comunidades de bienes
- Cuánto se cobra
- Importe por hectárea pastoreada según el tipo de vegetación: 100 €/ha en herbáceas, 125 €/ha en matorral abierto y 150 €/ha en matorral denso. Intensidad del 100 %
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con una puntuación mínima de 10 puntos para ser financiable
- Presupuesto
- 360.000 €, con cargo al presupuesto de 2027 (309.600 € del fondo FEADER y 50.400 € de cofinanciación). La convocatoria prevé poder ampliarlo en unos 65.000 € más sin abrir un nuevo plazo
- Organismo
- CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 928405.
Cómo funciona
La Junta tiene una Red de Áreas de Defensa contra incendios (RAD): franjas del monte donde se mantiene poca vegetación para frenar un fuego y dejar trabajar a los medios de extinción. En vez de desbrozarlas con máquinas, paga a ganaderos para que las mantenga el ganado.
Lo que se subvenciona es el manejo del rebaño para comerse la carga de vegetación de esas superficies, guiado por un pastor o con pastores eléctricos o cercas móviles que lo mantengan dentro de la zona.
No vale cualquier finca: solo las 462 zonas ofertadas en el anexo I de la convocatoria (46 en Albacete, 181 en Ciudad Real, 150 en Cuenca, 61 en Guadalajara y 24 en Toledo), cada una con su código, término municipal, monte y hectáreas por tipo de vegetación. Se pueden ver en el visor de la Junta: Visor de superficies de pastoreo controlado en zonas RAD.
Antes de nada, mira en el visor si hay una zona cerca de tu explotación. Si no la hay, esta ayuda no es para ti este año.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas, agrupaciones, comunidades de bienes y otras unidades económicas sin personalidad que sean titulares de una explotación ganadera en Castilla-La Mancha. Además tienen que cumplir estas condiciones:
- La explotación tiene que ser extensiva de ovino, caprino, bovino o equino e inscrita en el REGA de Castilla-La Mancha.
- Tienes que tener derecho a pastar esa superficie, y aquí depende de quién gestiona el monte:
- En montes que gestiona la Junta y donde los pastos ya están adjudicados: licencia de aprovechamiento de pastos en vigor.
- En montes de la Junta sin adjudicación: haber pedido a la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible la autorización o licencia para el pastoreo preventivo. Si varios ganaderos piden el mismo lote, se lo lleva el de más puntuación.
- En montes que no gestiona la Junta: ser el titular de los pastos, porque la finca es tuya o porque la tienes arrendada o cedida por contrato.
- Estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad Social y con los reintegros de subvenciones.
- Si estás sujeto a la normativa, tener plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado por falta muy grave el año anterior.
Solo se admite una solicitud por persona. Si presentas dos, se tramita la última.
Cuánto se cobra
La ayuda es un importe fijo por hectárea (anexo I de la Orden 145/2024), según la vegetación que predomina en cada parte de la zona:
| Unidad ambiental | Qué es | € por hectárea |
|---|---|---|
| S1 | Predominio de herbáceas | 100 € |
| S2 | Matas y matorrales con cubierta de hasta el 40 % | 125 € |
| S3 | Matas y matorrales con cubierta de más del 40 % | 150 € |
Si la zona mezcla varios tipos, se suman: hectáreas de cada tipo por su precio. Por ejemplo, una zona de 40 hectáreas de herbáceas da 4.000 €. La intensidad es del 100 % y el importe es anual.
Lo que finalmente se cobra depende de lo que el ganado haya comido de verdad: la Delegación Provincial comprueba sobre el terreno el grado de ramoneo por hectárea y certifica. No se paga el IVA ni otros tributos.
Cómo se puntúa
Las solicitudes compiten entre sí (art. 11 de la Orden 145/2024). Hace falta un mínimo de 10 puntos.
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| C1. La zona está en el plan regional de incendios o en un plan comarcal aprobado (10), en uno provincial (7) o en otra planificación como un plan municipal o de autoprotección (5) | hasta 10 |
| C2. Zona en Red Natura 2000 u otro espacio protegido | 10 |
| C3. Zona de alto riesgo de incendios (10) o de riesgo medio (5) | hasta 10 |
| C4. Tipo de ganado: caprino 8, mixto caprino y ovino 5, ovino 3, bovino o equino 1 | hasta 8 |
| C5. Explotación con certificado ecológico | 10 |
| C6. Uso de geolocalizadores en el ganado (basta declaración responsable) | 2 |
| C7. Titular mujer, o al menos el 50 % en manos de mujeres | 10 |
Sobre esa suma se aplica un plus por despoblación (C8) según el municipio: +20 %, +30 % o +40 % en las zonas de extrema despoblación de menos de 2.000 habitantes.
El certificado ecológico y la titularidad femenina tienen que existir ya el día de publicación de la convocatoria (14 de septiembre de 2026) y mantenerse hasta el final. No se pueden conseguir sobre la marcha.
Plazos y trámites
- Plazo de solicitud: un mes desde el día siguiente a la publicación en el DOCM, que fue el 14 de septiembre de 2026. Cierra el 14 de octubre de 2026.
- Vía: modelo normalizado de la sede electrónica (jccm.es). Sociedades y demás sujetos obligados, solo por vía telemática con firma electrónica. Las personas físicas pueden presentarla también en papel en un registro.
- Qué acompañar: documento que acredite el derecho a pastar la zona (licencia, autorización o justificante de haberla pedido, escritura o contrato de arrendamiento), el certificado ecológico si lo tienes y la declaración de uso de geolocalizadores si vas a por esos puntos.
- Resolución: en un máximo de seis meses desde la publicación. Si no te notifican, se entiende desestimada.
La trampa: no se puede meter el ganado antes de tiempo
Solo cuenta el pastoreo hecho después de la resolución de concesión y de la firma del acta de inicio. Tienes que avisar a la Delegación Provincial con al menos 7 días de antelación de cuándo vas a empezar, y su personal levanta el acta. Lo pastado antes, no se paga.
Y la otra: el calendario
- Los trabajos tienen que acabar antes del 30 de junio o antes del inicio de la época de peligro extremo del Plan INFOCAM. Si terminas después, te quitan el 20 %.
- Si no ejecutas más del 75 % de la superficie concedida, pierdes el 20 % y quedas fuera de la siguiente convocatoria; si dejas sin hacer entre el 50 y el 75 %, pierdes el 10 %.
- La solicitud de pago va como máximo 15 días después de acabar el plazo de ejecución y siempre antes del 31 de octubre. No hay prórroga del plazo de ejecución.
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Texto oficial
Resolución de 05/09/2026, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, convocatoria 2026 de las ayudas para el mantenimiento de la RAD mediante pastoreo controlado, con el extracto y el anexo de zonas (DOCM núm. 176, de 14 de septiembre de 2026)Orden 145/2024, de 16 de agosto, bases reguladoras, con los costes unitarios del anexo I (DOCM núm. 173, de 6 de septiembre de 2024)Un caso parecido
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