Castilla y León: hasta 60.000 € para tu largometraje, documental o piloto de serie
La Consejería de Cultura pone 325.000 € para preproducción, producción y distribución de largometrajes, documentales y pilotos de series de animación y televisión. Como mucho el 50 % del presupuesto de la fase que pidas, con tope de 60.000 € por proyecto. Entras si pasas de 55 puntos (45 en pilotos de animación), y el dinero se reparte en proporción a la puntuación: el baremo no decide si entras, decide cuánto cobras. El extracto salió en el BOCYL del 9 de octubre de 2026, así que tienes hasta el 2 de noviembre.
Ficha revisada el 9 de octubre de 2026 · BDNS 933894
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas productoras cinematográficas o audiovisuales, sean personas físicas o jurídicas privadas, con domicilio, sede social permanente, sucursal o establecimiento permanente abierto al público en Castilla y León. También agrupaciones de empresas o unidades económicas sin personalidad jurídica, de las que al menos una esté ubicada en la Comunidad, nombrando representante con poderes bastantes. Hay que ser titular de los derechos de propiedad de la obra —vale que la titularidad esté repartida entre coproductores—, no estar en crisis y acreditar el cumplimiento de la normativa de integración laboral de personas con discapacidad o su no sujeción
- Cuánto se cobra
- Como máximo el 50 % del presupuesto total de la fase o fases solicitadas, con un límite de 60.000 € por proyecto. El importe concreto sale de una regla de tres: los puntos del beneficiario divididos por la suma de puntos de todos los beneficiarios, multiplicado por la dotación de la convocatoria. Si queda dinero sobrante se vuelve a prorratear por puntos, con los mismos límites. El beneficiario tiene que financiar con recursos propios al menos el 10 % de la actividad
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con baremo de 100 puntos: 35 de criterios comunes y 65 de criterios específicos de la fase (preproducción, producción o distribución). Son beneficiarios todos los solicitantes que superen 55 puntos, o 45 en los pilotos de series de animación, y el crédito se reparte entre ellos en proporción a los puntos obtenidos. Instruye la Dirección General de Políticas Culturales y resuelve el titular de la Consejería en un máximo de seis meses desde el fin del plazo, con silencio desestimatorio
- Presupuesto
- 325.000 € en la aplicación 10.03.334A01.7700Q, repartidos en dos anualidades: 65.000 € en 2026 y 260.000 € en 2027. Los 65.000 € de 2026 van contra los Presupuestos Generales de 2024 prorrogados para 2026 por el Decreto 23/2025, de 30 de diciembre; los 260.000 € son del presupuesto de 2027. La cifra coincide con la que publica la BDNS
- Organismo
- CASTILLA Y LEÓN. Código BDNS 933894.
Dónde está el dinero: 65.000 € este año y 260.000 € el que viene
| Anualidad | Aplicación | Importe |
|---|---|---|
| 2026 | 10.03.334A01.7700Q | 65.000,00 € |
| 2027 | 10.03.334A01.7700Q | 260.000,00 € |
| Total | 325.000,00 € |
Ocho de cada diez euros de esta convocatoria están en el presupuesto de 2027. Y el tramo de 2026 no sale de un presupuesto de 2026: sale de los Presupuestos de 2024 prorrogados por el Decreto 23/2025. Es un detalle de calendario que conviene tener presente al planificar la tesorería del proyecto, porque el pago llega después de justificar.
Con un tope de 60.000 € por proyecto, 325.000 € dan para cinco ayudas del máximo. Pero el reparto no funciona así: entra todo el que pase el corte y el dinero se divide por puntos, de modo que lo normal es cobrar bastante menos de 60.000 €.
Cuánto puedes pedir y cuánto vas a cobrar (no es lo mismo)
Son dos cosas distintas y conviene no confundirlas delante de un cliente.
Lo que puedes pedir tiene dos techos que se aplican los dos: el 50 % del presupuesto de la fase o fases que solicites y 60.000 € por proyecto.
Lo que vas a cobrar sale de esta fórmula:
Subvención = (puntos del beneficiario ÷ suma de puntos de todos los beneficiarios) × dotación total
Y si al aplicarla sobra crédito, se hace un segundo prorrateo por puntos con los mismos límites.
Consecuencia práctica: la puntuación es dinero, no un filtro. Pasar de 56 a 80 puntos no cambia si te conceden, cambia cuánto. Y como el denominador son los puntos de todos los demás, el importe no se puede calcular por adelantado.
El otro número que hay que tener en cuenta desde el principio: hay que financiar al menos el 10 % de la actividad con recursos propios, y hay que demostrarlo al solicitar con certificado bancario de saldo por ese 10 % del presupuesto del proyecto. En coproducciones lo aporta cada miembro de la agrupación por el 10 % de lo que ponga. No es un compromiso: es un saldo que tiene que estar en el banco.
El baremo, criterio a criterio
100 puntos: 35 comunes y 65 específicos de la fase.
Criterios comunes (35 puntos)
La parte buena de esta mitad es que casi todo son datos objetivos que se tienen o no se tienen el día de presentar.
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Director o productor menor de 35 años a la fecha del extracto | 5 |
| Es el primer largometraje o piloto del director | 0,5 |
| Largometrajes o pilotos de la productora o del director con depósito legal (o calificación del ICAA) en los cinco años anteriores: uno 1 pto, dos 2, tres o más 3 | hasta 3 |
| Antigüedad de la empresa en el sector desde su primera alta en el epígrafe del IAE: 1 punto por año | hasta 5 |
| Trayectoria en festivales del guionista, director o productor | hasta 11 |
| Plan de financiación | hasta 10 |
| Neutralidad del Decreto 75/2008 (no tener personal por cuenta ajena, o acreditar plantilla con discapacidad por encima de lo obligatorio) | 0,5 |
Dentro de la trayectoria en festivales, el detalle que vale puntos: 1 punto por cada exhibición en un festival autonómico o nacional del Anexo I, 2 por cada exhibición fuera de España, 1 por premio en festival del Anexo I, 2 por premio internacional (incluida la SEMINCI), 2 por cada nominación al Goya y 6 por cada Goya, 1 por nominación al Forqué y 3 por Forqué. Y cuenta cada festival por separado: un mismo corto programado en cinco festivales suma cinco veces.
El plan de financiación premia pedir poco y traer dinero de fuera: 5 puntos si pides hasta el 10 % del presupuesto (y bajando hasta 1 punto si pides hasta el 49 %), más hasta 5 puntos por acreditar otras ayudas públicas (2 puntos hasta el 10 % del presupuesto, 3 hasta el 20 %, 5 por encima del 20 %).
Criterios específicos (65 puntos)
Aquí cambia la naturaleza del baremo: pasa a ser valoración de calidad, que es discrecional.
- Preproducción: calidad y valor artístico hasta 48 (27 por relevancia de temática, guion, personajes y diálogos; 21 por originalidad), interés para la vida cultural de Castilla y León hasta 8, y vinculación a la Comunidad por nacimiento o empadronamiento del guionista, director o productor desde al menos un año antes del extracto, 3 puntos por persona hasta 9.
- Producción: calidad artística y técnica hasta 42, grado de vinculación con Castilla y León hasta 18 y viabilidad cinematográfica hasta 5.
- Distribución: calidad del plan de distribución hasta 30 y eficacia acreditada hasta 35, que es lo más mecánico de todo el baremo: 1 punto por selección en festival autonómico, 2 en nacional, 3 en internacional, 3 por contrato con televisión autonómica o nacional, 3 por contrato con salas comerciales y 5 por contrato con una plataforma.
La vinculación territorial en producción tiene truco y premia el pueblo pequeño: por cada municipio donde declares rodaje en espacios públicos, 0,5 puntos si pasa de 5.000 habitantes, 1 punto si no llega, 1 punto si está en el Anexo II (municipios mineros) y 2 puntos si cumple las dos cosas, hasta 14. Más hasta 4 puntos por equipo vinculado a la Comunidad (1 por director, 1 por guionista, 1 por productor, 0,5 por cada actor o por cada jefe de sonido, compositor, director artístico, montador, documentalista o diseñador gráfico).
Si pides dos o tres fases, la nota específica es la media de las específicas de cada fase, no la suma.
Fechas: el gasto vale desde el 1 de julio de 2026
- Periodo de ejecución: del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027, ambos inclusive. Lo que ya gastaste este verano entra.
- Justificación: hasta el 31 de agosto de 2027, inclusive, con el formulario «Justificación de subvenciones» y la documentación del artículo 13 de la Orden CYT/788/2020.
- Pago posterior, por transferencia, una vez justificado.
- Anticipo del 20 % del importe concedido, si lo pides en el propio formulario de solicitud, y sin aval. Si no lo marcas al solicitar, lo pierdes.
- Resolución en un máximo de seis meses desde el fin del plazo de solicitudes, publicada en el BOCYL.
Se puede subcontratar hasta el 100 % de la actividad, con los límites del artículo 29 de la Ley 38/2003. Con entidades vinculadas solo si hay autorización expresa previa y el importe no excede el coste de la entidad vinculada.
Dos obligaciones que no son de trámite y hay que contar antes de firmar. La primera: entregar a la Filmoteca de Castilla y León una copia del guion definitivo y, si se financia producción o distribución, una copia completa de la obra en su versión definitiva —DCP abierto o copia nueva en fotoquímico— más un archivo MP4 o MOV para custodia, en los doce meses siguientes a la publicación de la resolución. La segunda: la Consejería puede usar la obra para DVD y vídeos promocionales de carácter cultural no comercial y para pases gratuitos en centros culturales de la Comunidad.
Papeles y trámite
Todo electrónico en todas las fases, por el registro electrónico de la Junta en tramitacastillayleon.jcyl.es, con DNI electrónico o certificado reconocido. Si presentas en papel, se te requiere para que lo hagas por vía electrónica y la fecha de presentación pasa a ser la de la subsanación, no la del papel: con un plazo de 15 días hábiles, eso puede costarte el plazo.
Documentación general: escritura de constitución o modificación inscrita, apoderamiento, certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y la AEAT (o declaración responsable), certificado del Censo de Actividades Económicas, declaración de compromisos en agrupaciones, certificado bancario del saldo del 10 % y acreditación de la normativa de discapacidad.
Documentación específica: guion de la producción, formulario de «Memoria resumen», formulario de datos personales del director, productor y equipo, acreditación del depósito legal de obras anteriores, acreditación de premios y exhibiciones en festivales, presupuesto total y detallado en el formulario oficial y acreditación del plan de financiación. En producción, declaración responsable de los municipios de rodaje en espacios públicos. En distribución, plan de distribución y acreditación de selecciones y contratos.
Las notificaciones son electrónicas y se entienden rechazadas a los diez días naturales sin acceder a su contenido. El aviso al correo o al móvil es una cortesía: que no llegue no invalida la notificación. Si en el procedimiento aparecen hechos distintos a los alegados, hay propuesta provisional con 10 días para alegar.
Lo que no está claro
- «Superen 55 puntos» o «lleguen a 55». El apartado quinto dice que serán beneficiarios «todos aquellos solicitantes que superen 55 puntos». Leído al pie de la letra, 55 puntos justos no bastan y hacen falta 55,5. Con un baremo que reparte medios puntos, la diferencia es real.
- Qué dotación entra en la fórmula. La fórmula divide por «la dotación total de esta convocatoria», que son 325.000 €, pero el crédito está partido en 65.000 € de 2026 y 260.000 € de 2027. La orden no dice si el reparto se calcula sobre el total o anualidad por anualidad, ni cómo se encaja el anticipo del 20 % con un 80 % del crédito en el ejercicio siguiente.
- El 50 % y los 60.000 € con varias fases. El tope del 50 % se refiere «al presupuesto total de la fase o fases solicitadas» y los 60.000 € son «por proyecto». Si pides las tres fases, queda claro el tope absoluto, pero no si el 50 % se comprueba fase a fase o sobre el conjunto.
- La neutralidad del Decreto 75/2008. Los apartados b) y c) del punto 2 dan los mismos 0,5 puntos por cosas distintas —no tener personal por cuenta ajena, o tener plantilla con discapacidad por encima de lo exigido— y la orden no dice expresamente que sean excluyentes, aunque sumar los dos pasaría de los 35 puntos declarados para los criterios comunes.
- El cortometraje va aparte. La misma Consejería publicó el mismo día, en el mismo BOCYL (CVE BOCYL-D-09102026-197-15), otra convocatoria para realización de cortometrajes: BDNS 933899, 143.750 € y bases distintas (Orden CYT/774/2020). No es un registro hermano de esta: es otro programa, con su propio crédito y su propia ficha pendiente. Si el cliente hace corto, es ahí donde tiene que mirar.
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