Programa Itsasoratu: embarcar estudiantes de náutica y pesca en tu barco
Si eres armador y embarcas a un estudiante de un ciclo náutico-pesquero durante una marea, Euskadi te paga los 2.000 € de gratificación que le tienes que dar, 3.600 € a tanto alzado por tutelarlo y darle de comer, y 250 € de ropa y equipo. Hay 98.700 € y no es un concurso: si el dinero no llega para todos, se prorratea. El plazo se cierra el 5 de octubre de 2026.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 931693
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas que sean armadoras de un buque pesquero con puerto base en Euskadi, o que tengan su sede de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Basta con cumplir uno de los dos supuestos
- Cuánto se cobra
- Por cada estudiante embarcado: 2.000 € de gratificación y 250 € de equipo y ropa de trabajo. Por estancia: 3.600 € a tanto alzado por la tutela, la monitorización y la manutención, que suben a 5.600 € si quien se embarca es una mujer. Se cubre además el alta en la Seguridad Social
- Procedimiento
- Concurrencia NO competitiva: no se compite por puntos. Si el crédito llega, cobran todas las empresas que cumplan los requisitos; si no llega, se prorratea entre todas hasta agotar los fondos
- Presupuesto
- 98.700 €, con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi para 2026. Coincide con lo que publica la BDNS
- Organismo
- PAÍS VASCO. Código BDNS 931693.
Qué se subvenciona
El Gobierno Vasco paga a las empresas pesqueras para que embarquen a estudiantes de ciclos náutico-pesqueros y les den los «días de mar» que necesitan para terminar su formación. El objetivo declarado es doble: cubrir esas prácticas y rejuvenecer la plantilla de la flota.
La actividad subvencionable es una estancia formativa a bordo durante un periodo equivalente a una marea, que la Orden sitúa, con carácter aproximado, entre 20 y 30 días según cómo venga la campaña.
Lo que tienes que poner tú
- Dar de alta al estudiante en la Seguridad Social, cubierto por contingencias comunes y accidentes de trabajo durante toda la estancia.
- Tutelarlo y monitorizarlo a bordo, y darle de comer.
- Pagarle 2.000 € de gratificación por el periodo de embarque, en un plazo que no pase de una semana desde que termina la estancia.
- Redactar una memoria inicial con las tareas previstas y un informe final valorando lo aprendido.
El informe final no es un trámite de relleno: la Orden detalla lo que tiene que recoger, desde la identificación de la estructura de la empresa y los hábitos de seguridad hasta las maniobras con artes de pesca, el calado y virado, la valoración del rendimiento sostenible de los caladeros y la estiba de las capturas.
Quién puede pedirla
Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que cumplan al menos uno de estos dos requisitos:
- Ser armadora de un buque pesquero con puerto base en Euskadi, y que ese buque cumpla además tres condiciones:
- Pertenecer a la tercera lista del Registro de Buques y Empresas Navieras.
- Estar de alta en el Registro General de la Flota Pesquera —provisional o definitiva— y haber faenado durante los 365 días anteriores a la solicitud.
- Tener la licencia de pesca y las autorizaciones para sus modalidades y caladeros.
- Tener sede de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Ojo al segundo supuesto: está redactado como alternativa, no como requisito añadido. Es la puerta para el armador cuya sede está en Euskadi aunque el barco no tenga allí su puerto base. Si tu caso es ese, merece la pena confirmarlo con la Dirección de Pesca y Acuicultura antes de presentar.
Las prohibiciones de siempre
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y con los reintegros de subvenciones.
- No estar en concurso ni inhabilitado, ni condenado a la pérdida del derecho a obtener subvenciones.
- Tener plan de igualdad vigente si la normativa estatal te obliga a tenerlo, y medidas contra el acoso si pasas de 50 personas en plantilla.
- Cumplir la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad o acreditar las medidas alternativas.
Qué estudiante puede embarcar, y quién lo elige
Esta es la parte que más gente da por hecha y no lo es: el alumno no lo buscas tú por tu cuenta. Los centros formativos elaboran el listado de quienes cumplen los requisitos y han pedido por escrito hacer la estancia, y ese listado se pone a disposición de las empresas, que eligen de ahí.
Requisitos del alumnado
Tiene que estar cursando primer curso de uno de estos ciclos, en el CIFP Blas de Lezo LHII de Pasaia, el CIFP Náutico Pesquera de Bermeo o la Escuela de FP Náutico-Pesquera N.ª S.ª de la Antigua de Ondarroa:
- Técnico Superior en organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones.
- Técnico Superior en transporte marítimo y pesca de altura.
- Técnico en mantenimiento y control de la maquinaria en buques y embarcaciones.
- Técnico en navegación y pesca de litoral.
También valen quienes hagan el curso de Patrón Costero Polivalente y quienes cursen el ciclo de grado básico en esos mismos centros.
Además, el alumno debe haber aprobado todas las asignaturas del curso y no acumular faltas sin justificar por encima del 15 % del horario lectivo.
Dos límites que marcan el techo
- Máximo dos estudiantes por empresa y estancia.
- La estancia tiene que desarrollarse entre el final del periodo lectivo de un curso y el inicio del siguiente.
Ese segundo límite es el que conviene mirar con calendario delante antes de presentar la solicitud: la Orden no fija fechas concretas, las ata al calendario lectivo de los centros. Si vas a pedir la ayuda ahora, confirma con el centro qué ventana queda abierta.
Cuánto se cobra
La Orden lista cuatro conceptos, con cuantías cerradas:
| Concepto | Cuantía |
|---|---|
| Gratificación al estudiante | 2.000 € por cada estudiante y periodo de embarque |
| Alta en la Seguridad Social | Los gastos del alta que tienes que garantizar durante la estancia |
| Tutela, monitorización, manutención y supervisión a bordo | 3.600 € a tanto alzado, acojas a un alumno o a más. Si quien se embarca es una mujer, sube 2.000 € más |
| Equipos y ropa de trabajo | 250 € por cada estudiante |
Fíjate en el detalle del tanto alzado: los 3.600 € no se multiplican por el número de alumnos, pero los 2.000 € y los 250 € sí. Sumando los conceptos cerrados de la Orden, una empresa que embarque a dos estudiantes reúne 2 × 2.000 + 3.600 + 2 × 250 = 8.100 €, más el alta en la Seguridad Social; si una de las personas embarcadas es mujer, 10.100 €. Es una suma sobre las cifras del texto, no un importe que la convocatoria dé hecho, y va sujeta al prorrateo si el crédito no alcanza.
Lo que el texto no aclara: si embarcas a dos personas y las dos son mujeres, no dice si el incremento son 2.000 € una vez o 2.000 € por cada una. Como el concepto es un tanto alzado por estancia, lo razonable es contar con 2.000 € una sola vez, pero no lo demos por sabido: se pregunta en la Dirección de Pesca y Acuicultura antes de presupuestar.
Y recuerda el techo de minimis de pesca: 40.000 € en tres ejercicios fiscales, no los 300.000 € del minimis general. En el sector pesquero ese tope se llena antes de lo que parece.
No es un concurso: es prorrateo
La Orden lo dice sin rodeos en su base 9.3: el procedimiento es de concurrencia no competitiva entre las empresas pesqueras que cumplan los requisitos.
- Si los 98.700 € alcanzan para atender las cantidades calculadas, se conceden todas por su importe.
- Si no alcanzan, se prorratea entre todas las beneficiarias hasta agotar los fondos.
Aquí hay una discrepancia que conviene saber: la BDNS registra esta convocatoria como «Concurrencia competitiva - canónica» y el texto oficial dice lo contrario. Manda el texto. La diferencia no es cosmética: en un concurso presentar no garantiza cobrar, y aquí sí lo garantiza —lo que no garantiza es cobrar el importe entero—. Es el mismo desajuste que ya se ha visto en otras convocatorias vascas.
Consecuencia práctica: no hay prisa por llegar el primero, pero sí por llegar dentro de plazo. Y conviene contar con que el importe final puede ser menor que el calculado.
Plazo, papeles y cuándo se cobra
El plazo
La Orden se publicó en el BOPV n.º 169 del viernes 4 de septiembre de 2026 (disposición 2026/3808) y da un mes desde el día siguiente. Ese mes vencería el domingo 4 de octubre, así que se corre al lunes 5 de octubre de 2026, que es la fecha que también publica la BDNS.
Cómo se presenta
- Las personas jurídicas, por sede electrónica obligatoriamente: euskadi.eus/servicios/1051109.
- Las personas físicas pueden elegir, y presentar en papel en la Dirección de Pesca y Acuicultura (Vitoria-Gasteiz), en el Servicio de Estructuras Pesqueras (Bilbao) o en el de Ordenación Pesquera (Donostia), además de en cualquiera de los lugares del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- Los trámites posteriores se notifican por «Mis gestiones» de la sede.
Qué va con la solicitud
- Formulario Anexo I con la declaración responsable.
- DNI o NIF, escritura de apoderamiento, escritura de constitución y estatutos sellados por el registro, si eres persona jurídica.
- Memoria con: datos del buque, datos de los alumnos seleccionados (máximo dos), consentimiento de cada estudiante para embarcar, certificado del centro educativo de que cumple los requisitos, y datos de la travesía prevista.
Si falta algo, te requieren y tienes diez días hábiles para subsanar; si no lo haces, se te tiene por desistido.
Cuándo entra el dinero
- Resuelve el viceconsejero de Pesca, Puertos y Litoral, con un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la Orden. Pasados sin resolución, silencio negativo.
- La resolución se publica en el BOPV, y esa publicación vale como notificación.
- Si en quince días desde esa publicación no renuncias expresamente, se entiende que aceptas la subvención.
- Haces la estancia, pagas al alumno en la semana siguiente y presentas la justificación.
- El pago se hace en un máximo de tres meses desde que la justificación esté correctamente presentada.
La trampa de tesorería está aquí: los 2.000 € del alumno los adelantas tú, con plazo de una semana desde que acaba la marea, y el cobro llega meses después. La justificación son cuatro cosas: informe detallado de las tareas, copia de las transferencias bancarias hechas al alumnado, justificante del alta en la Seguridad Social y una declaración responsable sobre reintegros y procedimientos sancionadores.
Para qué cliente
Armador o empresa naviera pesquera vasca —bajura o altura— que ya tiene tripulación estable y quiere probar gente joven sin cargar con el coste. Encaja especialmente si ya colaboras con el CIFP de Bermeo, el de Pasaia o la escuela de Ondarroa, porque el listado de alumnado sale de ahí.
A quién no
- Al barco que no haya faenado durante los 365 días anteriores a la solicitud: queda fuera por el requisito de actividad.
- A quien tenga el minimis de pesca cerca de los 40.000 €.
- A quien no pueda adelantar la gratificación del alumno.
Es un programa que se repite: la edición anterior es la Orden de 2 de septiembre de 2025 (BOPV n.º 178, de 19 de septiembre de 2025), y la de este año se publica dos semanas antes en el calendario. Si este año no llegas, apunta principios de septiembre de 2027.
Cerrada
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
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Texto oficial
Orden de 27 de agosto de 2026, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para 2026 las ayudas del Programa Itsasoratu (BOPV n.º 169, de 4 de septiembre de 2026, disposición 2026/3808)Texto en castellano de la convocatoria en la BDNS, byte a byte el mismo PDF que el del BOPVFicha del procedimiento y formulario de solicitud en la sede electrónica de EuskadiFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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