Inversiones en transformación y comercialización agroalimentaria y en tecnologías forestales
Del 25 % al 45 % de la inversión en industria agroalimentaria o forestal, según la puntuación obtenida y el tamaño de la empresa. Umbral de entrada de 6.000 € para microempresas y pequeñas, y 50.000 € para medianas y grandes. Plazo de un mes desde el extracto.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas que inviertan en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios, o en tecnologías forestales, en el Principado de Asturias
- Cuánto se cobra
- Entre el 25 % y el 45 % de la inversión admisible según puntuación y tamaño de empresa, con tope de 500.000 € en la línea forestal
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con procedimiento selectivo único y puntuación mínima según intervención
- Presupuesto
- 9.750.000 € plurianuales: 3.234.000 € en 2026, 5.316.000 € en 2027 y 1.200.000 € en 2028, ampliables en 1.000.000 € adicional. La BDNS lo publica en dos registros, 6.236.000 € y 3.514.000 €, que suman esa cifra
- Organismo
- PRINCIPADO DE ASTURIAS. Código BDNS 919835.
Objeto
Una sola convocatoria agrupa tres intervenciones del Plan Estratégico de la PAC, que se tramitan juntas porque comparten tipo de beneficiario y financiación:
| Intervención | Qué financia |
|---|---|
| 6842.1 | Inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios |
| 6842.2 | Inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios |
| 6883 | Inversiones forestales productivas: mejora del potencial forestal y tecnologías forestales |
La 6842.1 tiene mejores porcentajes que la 6842.2, así que conviene comprobar si la inversión puede encuadrarse en la línea ambiental antes de solicitar.
Se financia con FEADER, el Ministerio de Agricultura y la Comunidad Autónoma, en el marco del PEPAC 2023-2027.
Umbrales de inversión
Para acceder, la inversión aprobada o certificada debe superar:
| Tipo de empresa | Inversión mínima |
|---|---|
| Microempresas y pequeñas empresas, e inversiones en tecnologías forestales | 6.000 € |
| Medianas y grandes empresas | 50.000 € |
Excepción: no se aplica inversión mínima a la implantación de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.
Cuantía: el porcentaje depende de la puntuación
La ayuda es un porcentaje de la inversión admisible que se determina por la puntuación obtenida en el proceso de selección. Los rangos nunca bajan del 25 % ni superan el 80 % en la 6842.1, el 65 % en la 6842.2 ni el 65 % en la forestal.
Microempresas y pymes
| Intervención | Puntuación | Subvención |
|---|---|---|
| 6842.1 ambiental | ≥ 80 puntos | 45 % |
| 40 a 79 | 40 % | |
| 20 a 39 | 35 % | |
| 6842.2 general | ≥ 100 puntos | 40 % |
| 40 a 99 | 35 % | |
| 10 a 39 | 30 % |
Umbral de exclusión: 20 puntos en la 6842.1 y 10 puntos en la 6842.2.
Grandes empresas
| Intervención | Puntuación | Subvención |
|---|---|---|
| 6842.1 ambiental | ≥ 60 puntos | 35 % |
| 40 a 59 | 30 % | |
| 20 a 39 | 25 % | |
| 6842.2 general | ≥ 50 puntos | 35 % |
| 30 a 49 | 30 % | |
| 20 a 29 | 25 % |
Inversiones forestales (6883)
| Puntuación | Subvención |
|---|---|
| ≥ 70 puntos | 40 % |
| 40 a 69 | 35 % |
| 20 a 39 | 30 % |
Umbral de exclusión: 20 puntos. La cuantía máxima por beneficiario en esta línea está limitada a 500.000 €.
El límite del 25 % por beneficiario
Ningún solicitante puede obtener más del 25 % del importe total asignado a la intervención correspondiente. Si lo supera, se reduce la ayuda de todos sus proyectos hasta no rebasar el límite.
Dos matices importantes:
- El límite solo se aplica si hay concurrencia real, es decir, si por su culpa quedarían proyectos elegibles sin ayuda.
- Si aplicarlo dejara fondos sin comprometer, se devuelve intensidad a los proyectos que la habían visto reducida, por orden decreciente de puntuación, hasta agotar el presupuesto o alcanzar la intensidad máxima.
Para una empresa con varios proyectos, esto significa que presentar todos no es necesariamente mejor: puede diluir la ayuda de cada uno.
Qué puntúa
Los criterios de selección los aprueba la Autoridad Regional de Gestión del PEPAC y los refrenda su Comité de Seguimiento. Entre ellos:
- Porcentaje de suministro local: 0 puntos por debajo del 30 %, 5 puntos entre el 30 % y el 50 %, 10 puntos a partir del 50 %.
- Compromiso ambiental: proporción de la inversión destinada a implantar normas de calidad medioambiental —ISO 14001 o equivalente— o modelos de excelencia como EFQM. De 0 a 10 puntos, con la máxima para empresas ya certificadas.
- Ubicación: 10 puntos si la inversión se realiza en núcleos de población de menos de 2.000 habitantes. Se consulta el Nomenclátor de entidades de población asturianas; los polígonos urbanos quedan excluidos.
- Huella de carbono: puntúa tenerla calculada e inscrita en el Registro del Principado o en el Registro Estatal, con más puntos cuanto más reciente sea la inscripción.
Tres de estos cuatro criterios —suministro local, certificación ambiental y huella de carbono— se pueden preparar con antelación. Es donde más margen hay para subir de tramo y ganar cinco o diez puntos porcentuales de ayuda.
Período subvencionable
- Intervenciones 6842.1 y 6842.2: gastos realizados desde el 15 de octubre de 2025 hasta el 15 de octubre de cada año.
- Intervención 6883 (forestal): gastos realizados desde la fecha de solicitud hasta el 15 de octubre de cada año. Aquí no cabe adelantar la inversión: gastar antes de solicitar la deja fuera.
En todas las intervenciones se admiten honorarios de proyectos y estudios previos de viabilidad pagados después del 1 de enero de 2023, fecha de comienzo de aplicación del PEPAC.
Quedan excluidas las actividades y gastos que determine el PEPAC 2023-2027.
Cómo y cuándo solicitar
Presentación obligatoriamente electrónica por el artículo 4 de la Ley 30/2022 de la PAC y el artículo 14.3 de la Ley 39/2015. Se admite papel solo para personas físicas de las que la autoridad no tenga acreditado el acceso a medios electrónicos.
Un único ejemplar del Anexo I, acompañado de la documentación del Anexo II. Toda la documentación se presenta en castellano.
Las empresas nuevas o con menos de 3 años de antigüedad deben aportar la documentación correspondiente a los años en que hayan tenido actividad.
La ficha de información pública está en la sede del Principado (miprincipado.asturias.es) buscando el código AYUD0003T01.
Plazo
Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA. La resolución de convocatoria es de 22 de julio de 2026.
Normativa
Dos resoluciones de bases reguladoras de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria:
- Resolución de 2 de mayo de 2025, inversiones en transformación y comercialización agroalimentaria (BOPA núm. 88, de 9 de mayo de 2025).
- Resolución de 7 de mayo de 2025, inversiones forestales productivas.
La convocatoria se tramita por procedimiento anticipado de gasto, de modo que queda sometida a la condición suspensiva de que exista crédito adecuado y suficiente.
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Texto oficial
Texto completo de la convocatoria plurianual 2026 publicado en la BDNSBases reguladoras de inversiones agroalimentarias, Resolución de 2 de mayo de 2025Bases reguladoras de inversiones forestales productivas, Resolución de 7 de mayo de 2025Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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