Ayudas a startups del IGAPE
El IGAPE cubre el 100 % de los gastos e inversiones de las startups gallegas, hasta 20.000 € por empresa. Sin cofinanciación privada: es de las pocas ayudas del catálogo gallego que financia la totalidad del gasto.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas emergentes de menos de 5 años (7 en biotecnología y sectores estratégicos) con sede o centro de trabajo en Galicia
- Cuánto se cobra
- 100 % del gasto subvencionable, hasta 20.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva, por orden de registro hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 1.500.000 € para el año 2026
- Organismo
- GALICIA. Código BDNS 880724.
Objeto
Fomenta la actividad de las startups gallegas o con centro de trabajo en Galicia subvencionando los gastos e inversiones ligados a su actividad (art. 1).
El periodo elegible arranca el 1 de enero de 2026 y llega hasta la fecha de solicitud: se financia gasto ya realizado, no solo previsto.
Qué se considera startup
Es una entidad jurídica que cumple simultáneamente estas condiciones (art. 4.1):
- Antigüedad: de nueva creación o, no siéndolo, que no hayan transcurrido más de 5 años desde su inscripción en el Registro Mercantil. El plazo sube a 7 años en biotecnología y sectores estratégicos.
- No surgir de una fusión, escisión o transformación de empresas que no sean emergentes.
- No distribuir dividendos.
- No cotizar en un mercado regulado.
- Tener sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
- Que el 60 % de la plantilla tenga contrato laboral en España.
- Desarrollar un proyecto innovador y escalable.
Acreditación obligatoria
Además hay que acreditar una de estas condiciones (art. 4.2):
- Certificación ENISA.
- Cualificación EIBT de la Xunta de Galicia.
- Participación en aceleradoras públicas gallegas.
- Condición de spin-off universitario o tecnológico.
- Inscripción como pyme innovadora en el registro ministerial.
- Certificación de pyme innovadora o de joven empresa innovadora.
Este es el filtro real del programa. La antigüedad y la forma jurídica se cumplen fácil; el sello acreditativo no. Conseguir la certificación de pyme innovadora o el sello EIBT lleva su tiempo, así que conviene tramitarlo con antelación al plazo.
Qué se subvenciona y qué no
Subvencionable (art. 5)
- Cualquier gasto o inversión vinculado a la actividad en Galicia realizado desde el 1 de enero de 2026.
- Inversiones en activos fijos nuevos, adquiridos a terceros.
Importe mínimo subvencionable: 10.000 €. Las inversiones deben mantenerse un mínimo de 2 años.
Excluido (art. 5.2)
- Impuestos, intereses, gastos financieros y tasas.
- Gastos por importe superior al valor de mercado.
Cuantía
Intensidad del 100 % del gasto subvencionable, con un máximo de 20.000 € por empresa (art. 6).
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Gasto mínimo del proyecto | 10.000 € |
| Ayuda máxima | 20.000 € |
| Intensidad | 100 % |
Financiar el 100 % del gasto es excepcional en el catálogo autonómico: la mayoría de los programas se mueven entre el 20 % y el 80 % y exigen aportación privada. Aquí no la hay. La contrapartida es el tope de 20.000 € y un crédito total de 1,5 millones, que se agota rápido en un régimen por orden de registro.
Incompatibilidades
Incompatibles con otras ayudas o subvenciones públicas para los mismos gastos e inversiones (art. 3.1).
Como ayuda de minimis, computa en el tope de 300.000 € en los tres años previos (50.000 € en el sector agrícola y 40.000 € en pesca).
Cómo y cuándo solicitar
- Plazo: desde las 9:00 del octavo día hábil posterior a la publicación en el DOG hasta las 14:00 del 30 de septiembre de 2026, salvo agotamiento previo del crédito.
- Vía: obligatoriamente electrónica, mediante formulario en spiga-sede.igape.es, con certificado digital validado por @firma.
- Una única solicitud por startup.
- Documentación (art. 8): escritura de constitución y acreditación de la condición de startup.
- Justificación: cuenta justificativa simplificada, con memoria y relación clasificada de gastos facturados y pagados.
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