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ICEX Next 2026: 24.000 € y un consultor para abrir mercado fuera, con 20 días para pedirlo

ICEX pone 3.600.000 € (ampliables en 1.800.000 € más) para que pymes españolas con producto propio crezcan en el exterior. Te paga el 60 % de los gastos de internacionalización con tope de 24.000 €, y te asigna un consultor experto cuyas horas también entran. Hay dos requisitos que descartan a mucha gente antes de empezar: facturar más de 300.000 € y no haber pasado nunca por PIPE o ICEX Next. Es un único procedimiento, sin lista de reserva: si no entras, no hay repesca. El extracto salió en el BOE del 10 de octubre de 2026 y cierra el 30 de octubre a las 14:00.

Ficha revisada el 10 de octubre de 2026 · BDNS 934425

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas españolas con potencial exportador que sean pyme según el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 —quedan expresamente excluidas asociaciones y fundaciones—, con producto o servicio propio comercializable internacionalmente y marca propia (si son servicios, han de prestarse en el exterior), que no sean filial comercial o productiva de empresa extranjera, con facturación superior a 300.000 € —cero para empresas de base tecnológica de reciente creación—, con al menos una persona en plantilla que asuma responsabilidades del proyecto internacional y web propia, que no hayan participado en programas de iniciación de ICEX (PIPE o ICEX Next) y que no tengan impagos con ICEX. Las que participaron entre 1997 y 2012 pueden volver si facturan más de 1.500.000 € en el último ejercicio
Cuánto se cobra
El 60 % de los gastos subvencionados, con un máximo de 24.000 € por empresa. Si la empresa ya tiene minimis acumulado y los 24.000 € la pasarían del umbral de 300.000 €, se le reduce la ayuda lo necesario para no alcanzarlo, pero solo si la ayuda resultante sigue siendo superior a 10.000 €; por debajo de eso, no se ajusta. Aparte de la subvención, ICEX asume al 100 % el coste del informe de potencial de internacionalización que elabora el consultor ICEX Next sobre tu empresa durante la evaluación
Procedimiento
Concurrencia competitiva, y de las de verdad: hay baremo y un único procedimiento de selección. Se puntúa sobre 10 — cuatro criterios de 2 puntos cada uno que valora el Comité Evaluador (modelo de negocio, equipo de gestión, capacidad financiera y trayectoria) más 2 puntos del informe del consultor ICEX Next sobre el potencial de internacionalización. El corte está en 5 puntos, y hay dos mínimos obligatorios de 1 punto: en capacidad financiera y en potencial de internacionalización. Las solicitudes que superen el corte pero no quepan en el crédito se desestiman en la resolución definitiva: no hay lista de reserva. Resuelve la consejera delegada de ICEX en un máximo de seis meses desde el inicio del procedimiento, con silencio desestimatorio
Presupuesto
3.600.000 € como cuantía máxima imputable a la convocatoria, a cargo del patrimonio de ICEX y sujeta a sus disponibilidades presupuestarias. Puede ampliarse en una cantidad adicional de hasta 1.800.000 € por el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, con aprobación previa de la presidenta de ICEX. La cifra de 3.600.000 € coincide con la que publica la BDNS
Organismo
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Código BDNS 934425.

Los dos filtros que descartan antes de empezar

Antes de mirar gastos y porcentajes, conviene comprobar estas dos cosas, porque son las que dejan fuera a más candidatos:

  • Facturación superior a 300.000 €. Con una excepción potente: las empresas de base tecnológica de reciente creación pueden tener facturación cero. Reciente creación son hasta 5 años desde la inscripción de la escritura de constitución en el Registro Mercantil o de Cooperativas, y hasta 7 años en biotecnología, energía, industria y otros sectores estratégicos o si han desarrollado tecnología propia. Si no llegas a los 300.000 € en el ejercicio 2025, se puede contar el importe en el momento de presentar la solicitud aportando declaraciones trimestrales de IVA o facturas —pero la convocatoria avisa de que eso «se valorará a criterio de ICEX, sin que su mera presentación genere derecho alguno»—.
  • No haber participado nunca en PIPE o ICEX Next. Es un programa de iniciación y solo se pasa una vez. La puerta de vuelta es estrecha: las empresas que participaron entre 1997 y 2012 y que facturen más de 1.500.000 € en el último ejercicio sí pueden volver a ser beneficiarias.

Y tres requisitos más que se cumplen o no se cumplen, sin matices: tener producto o servicio propio con marca propia (los servicios tienen que prestarse en el exterior), no ser filial comercial o productiva de una empresa extranjera, y contar con al menos una persona en plantilla responsable del proyecto internacional y web propia.

Asociaciones y fundaciones están excluidas de forma expresa, aunque fueran pyme a efectos de plantilla y balance.

Qué gastos entran, y las 30 horas que son obligatorias

Son seis conceptos. El primero no lo contratas tú en el mercado: son horas de consultores homologados por ICEX.

  • Asesoramiento personalizado de los consultores ICEX Next: diseño, contraste o revisión de la estrategia internacional (offline u online), elaboración de un plan operativo digital (marketing digital internacional, canales digitales, digitalización de procesos) y materias específicas de competitividad exterior. Es obligatorio elaborar, contrastar o revisar un Plan estratégico de Negocio Internacional con los consultores, y la convocatoria estima que eso requiere contratar un mínimo de 30 horas de asesoramiento.
  • Prospección y estudios de mercados internacionales, canales online y físicos.
  • Promoción internacional: material promocional, difusión, publicidad, relaciones públicas, marketing digital, ferias, seminarios, jornadas y acciones promocionales en el exterior; registro y defensa de patentes, propiedad intelectual y marcas internacionales; viajes de prospección y promoción, incluidos los gastos o certificaciones sanitarias que un país exija para que entre tu personal.
  • Desarrollo de red comercial en el exterior: acceso del producto al mercado, registro, homologación y certificación, auditoría y vigilancia de marca, certificados de exportación y de calidad internacional, asesoramiento legal, financiero y administrativo, y estudios de viabilidad y asistencia técnica en destino. No se apoya ningún tipo de comisión o remuneración asociada a venta.
  • Soluciones tecnológicas: aplicaciones, licencias, desarrollos a medida, adaptaciones y software de pago por uso, para gestionar las acciones de promoción y para digitalizar la operativa exterior.
  • Personal interno dedicado al proyecto: no se justifica con nóminas, se calcula como un tipo fijo del 20 % de los gastos subvencionables de los apartados anteriores. Es la opción de costes simplificados del artículo 55.1 del Reglamento (UE) 2021/1060.

Ese 20 % automático es dinero gratis en términos de papeleo: si justificas 30.000 € de gastos externos, se te añaden 6.000 € de personal interno sin aportar un solo justificante de nómina. Súmalo antes de decidir que la ayuda es pequeña.

La trampa: el gasto no cuenta hasta que firmas la carta

Esta es la parte donde se pierde dinero por orden de trámites. El programa no empieza cuando te conceden la ayuda: empieza cuando firmas la Carta de Adhesión.

  1. Resolución definitiva de concesión, publicada en la web de ICEX y en la BDNS.
  2. Tienes 30 días desde la concesión para firmar la Carta de Adhesión, con certificado de representante legal. Si no la firmas en un máximo de 60 días, se te tiene por desistida.
  3. La fecha de esa firma marca el inicio del programa, que dura 24 meses.
  4. Los gastos subvencionables son los realizados a partir de la fecha de la firma de la carta y dentro de esos 24 meses. Lo que gastes antes —la feria de noviembre, el estudio de mercado que ya encargaste— no entra.

Es decir: entre presentar la solicitud en octubre de 2026 y poder empezar a gastar puede pasar medio año largo, porque el plazo para resolver es de seis meses. Planificar el calendario comercial al revés de este orden es el error caro de esta convocatoria.

Hay otro hito de calendario con consecuencias: la persona responsable con capacidad de decisión de la empresa tiene que estar disponible para reunirse con el órgano instructor y con el consultor ICEX Next en el mes siguiente a la publicación de la relación de admitidos. Si la reunión no se celebra por causa injustificada imputable a la empresa, la evaluación no puede continuar. Una agenda apretada en ese mes concreto tumba la solicitud.

Cómo se puntúa, y los dos mínimos que no se perdonan

La nota final es sobre 10 y se compone de dos partes:

CriterioMáximoMínimo obligatorio
Competitividad del modelo de negocio (innovación, contenido tecnológico, marca, calidad, sostenibilidad, comercialización)2—
Equipo de gestión adecuado para el crecimiento internacional (estructura organizativa, cualificación del equipo directivo, motivación, buen gobierno y compliance)2—
Capacidad financiera (solvencia, liquidez, rentabilidad, capacidad de gasto, EBITDA y su evolución)21 punto
Trayectoria empresarial (años en el mercado, crecimiento de la facturación, trayectoria importadora y exportadora, previsiones)2—
Potencial de internacionalización, según el informe del consultor ICEX Next21 punto
Total10Corte: 5 puntos

Dos cosas que importan más que el corte:

  • Los mínimos de 1 punto son eliminatorios. Puedes sacar 8 puntos en el resto y quedarte fuera por no llegar a 1 en capacidad financiera.
  • La capacidad financiera se analiza con los estados financieros previsionales de 2026 y 2027 y los tres ejercicios anteriores (2023, 2024 y 2025), y ICEX puede apoyarse en el ICO para ese análisis. Para startups tecnológicas se complementa con rondas de financiación y previsiones de crecimiento del plan de negocio.

En caso de empate manda el porcentaje de mujeres en el equipo directivo, después el porcentaje de trabajadores con discapacidad, y en último término un sorteo.

El informe del consultor vale 18 meses. Si tu empresa se evalúa y no entra, puedes volver a presentarte en convocatorias posteriores y el Comité puede reutilizar ese mismo informe, siempre que se refiera al mismo proyecto de internacionalización y no haya variado sustancialmente. Perder esta convocatoria no significa repetir la evaluación desde cero.

Sin lista de reserva, y cómo se cobra

La convocatoria lo dice sin rodeos: «por tratarse de un único procedimiento, no habrá lista de reserva». Las solicitudes que alcancen o superen los 5 puntos y no puedan atenderse con el crédito se desestiman en la resolución definitiva y ya no pueden resultar beneficiarias en esta convocatoria. No hay segunda ventana ni reparto de remanentes.

El cobro va por tramos y contra justificación:

  • Los justificantes se remiten durante los meses de vigencia en el programa y hasta seis meses después de que acabe, en los procesos de revisión de gastos a los que ICEX te convoque; el plazo de justificación puede ampliarse hasta tres meses más por el artículo 70 del Reglamento de la LGS.
  • Los justificantes de un ejercicio se presentan en las convocatorias de revisión de ese ejercicio o en las del inmediatamente posterior. Más tarde, no.
  • Se hacen pagos parciales a medida que presentas y justificas correctamente los gastos en las sucesivas revisiones. No se espera al final.
  • Hay que presentar siempre justificante de gasto, justificante de pago y evidencias de la realización del gasto, con el detalle que fije el Manual de Justificación publicado en icex.es.
  • Después, una empresa auditora externa hace las comprobaciones técnico-económicas y físicas.

Sobre compatibilidad: la ayuda es compatible con subvenciones estatales, autonómicas y locales, pero si el gasto está cofinanciado con fondos estructurales comunitarios no puede llevar además otra ayuda comunitaria por el mismo gasto.

Lo que no está claro

  • Cuánto cuestan las 30 horas de consultoría. La convocatoria estima un mínimo de 30 horas de asesoramiento personalizado para el plan estratégico, pero no publica tarifa por hora de los consultores homologados. Como esas horas son uno de los conceptos subvencionables al 60 %, no se puede calcular cuánto del tope de 24.000 € se come el asesoramiento obligatorio antes de que quede algo para ferias y promoción.
  • Si la ampliación de 1.800.000 € llegará. Está prevista por el artículo 58.2 del Reglamento de la LGS, pero requiere aprobación previa de la presidenta de ICEX y disponibilidad presupuestaria. Sin ella, el crédito da para unas 150 empresas al tope máximo; con ella, para unas 225. Como no hay lista de reserva, esa diferencia decide quién entra.
  • Qué es «otros sectores estratégicos». Los 7 años de margen para empresas de base tecnológica se aplican a biotecnología, energía, industriales «y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia». La convocatoria no cierra la lista, así que para una empresa de 6 años el plazo aplicable depende de una interpretación de ICEX.
  • El ajuste por minimis tiene un hueco. Si los 24.000 € te pasarían del umbral de 300.000 €, se reduce la ayuda «siempre que la ayuda resultante sea superior a 10.000 euros». La convocatoria no dice qué pasa cuando el ajuste dejaría la ayuda por debajo de esos 10.000 €: si se concede esa cantidad menor, si se deniega o si se queda sin resolver.
  • Si va con FEDER o no. El pie de cada página del documento dice que «esta actividad es susceptible de ser cofinanciada por el FEDER», y la justificación se remite a «la normativa aplicable de los Fondos estructurales de la Unión Europea». Pero no se declara que esta convocatoria concreta esté cofinanciada, y eso cambia las obligaciones de publicidad, de conservación de documentos y de incompatibilidad con otras ayudas europeas. En la práctica conviene trabajar como si lo estuviera.
  • Cuándo arranca el procedimiento. El plazo para resolver son «seis meses contados desde el inicio del procedimiento de selección», y el procedimiento se publica en la web de ICEX. No queda dicho si esa fecha de inicio es la apertura del plazo de solicitudes, su cierre o la publicación del procedimiento en icex.es, y de ahí depende cuándo nace el silencio desestimatorio.
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Texto oficial

Convocatoria para 2026 de las subvenciones del Programa ICEX Next de iniciación y consolidación de la exportación, firmada el 8 de octubre de 2026 por la consejera delegada de ICEX (PDF, 16 páginas, CSV GEN-f611-e330-8277-71f9-f0e7-916a-2fc3-db18), servida por la BDNS. De aquí salen los requisitos de los beneficiarios, los seis conceptos de gasto, el 20 % de personal interno a tipo fijo, el 60 % y los 24.000 €, el baremo con sus dos mínimos de 1 punto, la ausencia de lista de reserva, la Carta de Adhesión y los 24 meses de programaExtracto de la Resolución de 8 de octubre de 2026 de ICEX publicado en el BOE núm. 252, de 10 de octubre de 2026 (BOE-B-2026-33136). Es la publicación que abre el plazo y la referencia durable de la fecha; lleva impreso «BDNS (Identif.):934425»Orden ICT/1063/2019, de 17 de octubre, bases reguladoras del Programa ICEX Next, publicada en el BOE de 29 de octubre de 2019 y modificada por la Orden ECM/727/2024, de 10 de julio (BOE de 15 de julio de 2024)Web de ICEX, donde se publica el procedimiento de selección, se presenta la solicitud por la plataforma de gestión online ICEX Next, y se publican las relaciones de admitidos y excluidas, la resolución definitiva y el Manual de JustificaciónFicha de la convocatoria 934425 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, donde consta el crédito de 3.600.000 €, el cierre del 30 de octubre de 2026 y el régimen de minimis

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