Generazinema Formación: actividades formativas para el sector audiovisual
Hasta 40.000 € por proyecto y el 70 % del presupuesto, para organizar cursos, talleres, foros, incubadoras o residencias dirigidos a profesionales del audiovisual. Desarrollarlo en entorno rural suma puntos, y hasta el ecomanager es gasto subvencionable.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas empadronadas en Navarra desde el 1 de enero de 2025, sociedades y otras unidades económicas con domicilio y actividad en Navarra desde esa fecha, y asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, todas con IAE de actividad cinematográfica o audiovisual
- Cuánto se cobra
- Hasta el 70 % del presupuesto aceptado, con un máximo de 40.000 € por proyecto
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva en cuatro fases, con umbral de 50 puntos y posibilidad de defender el proyecto en 15 minutos
- Presupuesto
- 160.000 €: 120.000 € para empresas y profesionales del sector audiovisual y 40.000 € para asociaciones
- Organismo
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 888943.
Objeto
Financia la organización de actividades formativas dirigidas al sector profesional audiovisual que se celebren en Navarra entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
Se entiende por actividad formativa los cursos, talleres, foros, incubadoras y residencias en que participen profesionales y empresas del audiovisual, y que comprendan formación, networking y tutoría para mejorar su competencia y competitividad en los procesos creativos y de desarrollo de proyectos.
La tipología de proyectos abarca cortometrajes, largometrajes, series, narrativas inmersivas y de realidad virtual y otros contenidos audiovisuales y digitales fundamentalmente narrativos.
Finalidades
- Profesionalizar la creación y el desarrollo de proyectos: innovación narrativa, habilidades creativas y emprendedoras, vertebración de redes.
- Internacionalización de la producción navarra y generación de coproducciones bilaterales y multilaterales.
- Estimular la participación privada en la financiación, el emprendimiento, los nuevos modelos de negocio y la gestión de la propiedad intelectual.
- Favorecer la diversidad de la oferta y la incorporación de nuevo talento y nuevas generaciones.
- Potenciar marketing, promoción, interacción con públicos y nuevos modos de distribución desde las fases de creación.
Cada solicitante presenta una única propuesta con un solo proyecto.
Quién puede solicitarla
- Personas físicas naturales o empadronadas en Navarra desde al menos el 1 de enero de 2025.
- Sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes u otras unidades económicas sin personalidad jurídica.
- Asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro —a las que se reserva una bolsa propia de 40.000 €—.
Las entidades deben tener domicilio social y actividad en Navarra desde al menos el 1 de enero de 2025, y estar de alta en un epígrafe del IAE relacionado con la actividad cinematográfica o audiovisual.
Quedan excluidas
- Entidades locales y sus organismos, empresas y fundaciones públicas.
- Entidades con partida nominativa en los presupuestos de 2026 para el mismo proyecto.
- Empresas titulares de salas de exhibición cinematográfica.
- Sindicatos y colegios profesionales.
Por encima de 30.000 € de subvención solicitada hay que acreditar el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004: declaración responsable si se puede presentar cuenta abreviada, y certificación de auditor del ROAC en el resto.
La exclusión de las salas de exhibición tiene lógica de sistema: esas empresas tienen su propia convocatoria, Generazinema Exhibición, con 188.888,89 €. Aquí compiten productoras, profesionales y asociaciones del sector.
Cuantía y gastos
Hasta el 70 % del presupuesto aceptado, con un máximo de 40.000 € por proyecto. El presupuesto aceptado es el presentado menos los gastos no subvencionables y aquellos que, a juicio de la Comisión, no resulten necesarios para el proyecto.
Si se propone una ayuda inferior a la solicitada, se insta a reformular el presupuesto. Si alguien renuncia, la ayuda pasa al siguiente por orden de puntuación que haya superado el mínimo.
Gastos subvencionables
- Actividad presencial: dirección y coordinación, tareas auxiliares de recibimiento y atención a invitados, presentadores, moderadores, conferenciantes, ponentes, tutores, mentores y profesores; intérpretes y traducción simultánea; alquiler de locales o salas —excluida la sede social de la beneficiaria—; servicios técnicos y alquiler de equipos.
- Actividades online y digitalización: desarrollo o alquiler de plataformas virtuales, alojamiento virtual de contenidos, personal dinamizador para eventos online, aplicaciones móviles y 3D/4D, alquiler de tecnología VR o inmersiva, aplicación de tecnología de IA a las actividades, estudios de marketing, testeo con público y detección de nuevos públicos, y estudios de comunicación y distribución en el entorno digital.
- Sostenibilidad: medición de la huella de carbono o del impacto ambiental, contratación de agentes de sostenibilidad (ecomanager o green runner), formación en sostenibilidad y certificaciones por organismos reconocidos.
- Comunicación, prensa y publicidad: agentes de prensa, publicaciones, campañas, diseño gráfico, edición de vídeo, materiales promocionales y señalética.
- Desplazamiento, alojamiento y manutención, solo de ponentes, profesores o alumnos, nunca del personal de la beneficiaria.
- Actos protocolarios como cócteles, con un máximo de 600 €.
Los topes de viaje
| Concepto | Límite |
|---|---|
| Alojamiento | 120 € por persona y día, con los datos de quien pernocta en la factura |
| Manutención | 60 € por persona y día, identificando en la relación de facturas a quién corresponde |
| Vehículo propio | 0,35 €/km más parking y peajes |
| Vehículo alquilado | Alquiler y combustible |
| Transporte colectivo | Preferentemente clase turista. Taxis y VTC urbanos sí entran |
Los tres porcentajes
Calculados sobre la suma de los apartados anteriores:
- Gastos generales: hasta el 5 %.
- Costes salariales del personal propio necesario para poner en marcha el proyecto, en proporción a su dedicación: hasta el 30 %.
- Intereses y gastos de negociación de préstamos de financiación: hasta el 20 %.
Por encima de 12.000 € en suministro de bienes de equipo o prestación de servicios rige la regla de las tres ofertas del art. 28.3 de la Ley Foral 11/2005.
A diferencia de Artem Festival, aquí los peajes y aparcamientos sí son subvencionables y la manutención triplica el tope (60 € frente a 20 €). Son convocatorias del mismo departamento con reglas de gasto distintas: conviene no trasladar los criterios de una a otra.
Baremo
Cinco categorías, 100 puntos y un umbral de 50.
| Categoría | Puntos |
|---|---|
| Calidad del contenido y las actividades | 25 |
| Capacidad transformadora | 20 |
| Equipo de coordinación, formadores y expertos | 20 |
| Impacto en digitalización, desarrollo sostenible y cohesión territorial | 15 |
| Trayectoria del proyecto | 10 |
| Estimación presupuestaria y viabilidad | 10 |
Capacidad transformadora — 20 puntos
- Que el proyecto proponga una práctica o proceso nuevo respecto a la oferta formativa existente: hasta 5.
- Estrategias de representatividad de lenguas, comunidades, personas y temas diversos e inclusivos: hasta 5.
- Estrategias de representatividad equilibrada de género: hasta 4.
- Estrategias de representatividad generacional, con atención especial a menores de 30 años: hasta 4.
- Cooperación entre actores de diferentes territorios o países: hasta 2.
Digitalización, sostenibilidad y territorio — 15 puntos
- Capacidad transformadora en digitalización: últimas tecnologías, promoción digital y análisis de audiencias: hasta 4.
- Compromiso con más de tres Objetivos de Desarrollo Sostenible: hasta 4.
- Que el proyecto se desarrolle principalmente en entorno rural: hasta 4.
- Que refuerce la interacción entre comunidades autónomas: hasta 3.
Los criterios de digitalización y sostenibilidad se cierran sobre sí mismos: la IA, el análisis de audiencias, el ecomanager y las certificaciones son a la vez gasto subvencionable y puntos del baremo. Un proyecto que los incorpore los cobra dos veces.
La selección de las personas participantes la hace la beneficiaria conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
Tramitación
Cuatro fases: admisión, valoración —donde quien lo haya marcado en el anexo I.A puede defender su proyecto en 15 minutos ante la Comisión—, reparto entre los proyectos que superen los 50 puntos y dictamen vinculante.
- Las personas jurídicas presentan obligatoriamente por vía telemática; de otro modo, la solicitud se tiene por no presentada. Las personas físicas pueden hacerlo presencialmente aportando la documentación en formato digital.
- Solo se valora la documentación aportada en plazo de solicitud o de subsanación.
- El anexo I en Excel calcula automáticamente el presupuesto aceptado, que confirma el órgano gestor tras la revisión técnica. Es condición imprescindible que el presupuesto presente gastos e ingresos equilibrados.
- Para puntuar en viabilidad económica hay que acreditar la financiación garantizada con resoluciones de ayudas, avales bancarios o de SGR, certificados bancarios, créditos o certificación de aportación de inversores privados.
- Hay que declarar las demás ayudas de minimis recibidas en cualquier periodo de tres años.
La Comisión de Valoración la preside el Director del Servicio de Acción Cultural e incluye dos personas expertas o de reconocido prestigio en cinematografía o gestión cultural.
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