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Plazo cerrado (estimado)Cultura y creaciónNavarraConcurrencia competitiva

Generazinema Desarrollo: guion, casting y plan de financiación

Hasta 35.000 € para animación y 20.000 € para ficción o documental, el 60 % del presupuesto, en la fase previa al rodaje: comprar los derechos, escribir el guion, hacer el casting, buscar localizaciones y montar el plan de financiación.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas productoras independientes —incluidas las Agrupaciones de Interés Económico— establecidas en España e inscritas como productoras en el Registro del ICAA
Cuánto se cobra
Hasta el 60 % del presupuesto aceptado, con un máximo de 20.000 € en ficción o documental de creación y 35.000 € en animación
Procedimiento
Concurrencia competitiva en dos fases: 45 puntos objetivos del órgano gestor y 55 de la Comisión de Valoración
Presupuesto
100.000 € plurianuales: 50.000 € en 2026 y 50.000 € en 2027, partida A20002-A2500-4709-334102 «GENERAZINEMA»
Organismo
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 892742.

Objeto

Subvenciona el desarrollo de proyectos de películas y obras audiovisuales de ficción, documental de creación o animación destinadas a explotarse en salas, televisión u OTT. Pueden ser proyectos individuales o series.

Las bases definen «desarrollo de proyecto» como la preparación y diseño de la producción, todo lo anterior a la fase de producción propiamente dicha:

  • Adquisición de los derechos de autoría y desarrollo del guion.
  • Elaboración del casting y trabajos para confeccionar el plan de producción.
  • Documentación y localización de lugares de rodaje.
  • Elaboración del presupuesto, el plan de financiación y el plan de marketing y distribución, y sistemas de detección y creación de públicos.
  • Material promocional: impresos y digitales, teaser, tráiler, programa piloto, página web, storyboard, concept art, diseño de personajes y escenarios, modelado.
  • Trabajos relacionados con los aspectos tecnológicos del proyecto.

Duración mínima

  • 60 minutos en proyectos individuales.
  • 20 minutos en series.

Dos avisos que las bases dejan por escrito: recibir esta ayuda no implica que el proyecto obtenga después la ayuda a producción, y no pueden acceder los proyectos que ya hayan iniciado el rodaje. Se puede solicitar para dos proyectos, pero solo se subvenciona el de mayor puntuación.

Si se usan modelos de inteligencia artificial, hay que informarlo y detallar el nivel de intervención y el papel de revisión de las personas físicas (Ley Foral 1/2019).

Quién puede solicitarla

Empresas productoras independientes según el art. 4.n) de la Ley 55/2007 del Cine, incluidas las AIE, con residencia legal o establecimiento en España desde la publicación en el BON e inscritas como productoras en el Registro del ICAA.

  • En coproducción hay que constituir una agrupación de empresas con un productor-gestor —el de mayor compromiso de gasto—, que no puede disolverse hasta que prescriban reintegro e infracciones.
  • Si la ayuda se pide para una coproducción, la solicitante debe tener al menos el 20 % de la producción total española.
  • Por encima de 30.000 €, acreditación de los plazos de pago de la Ley 3/2004.

Quedan excluidas

  • Entidades locales y sus organismos, empresas y fundaciones públicas.
  • Entidades con partida nominativa en los presupuestos de 2026 para el mismo objeto.
  • Centros educativos, escuelas y academias.
  • Asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, sindicatos, asociaciones empresariales y colegios profesionales.
  • Empresas en crisis y las sujetas a orden de recuperación pendiente.

Cuantía y el 40 % navarro

ModalidadDotaciónMáximo por proyecto
A · Ficción o documental de creación60.000 €20.000 €
B · Animación40.000 €35.000 €

La ayuda no supera el 60 % del presupuesto aceptado (art. 54.8 del RGEC). El sobrante de cada modalidad incrementa la otra. Si se liberan cantidades concedidas, se hace concesión adicional por orden de puntuación.

La modalidad de animación tiene menos dinero pero un tope por proyecto un 75 % mayor: 35.000 € frente a 20.000 €. Con 40.000 € de bolsa, basta un proyecto fuerte para llevarse casi toda la modalidad.

Las dos condiciones de acceso

  • Que al menos el 40 % del presupuesto aceptado sean gastos a realizar en territorio navarro.
  • Que la productora tenga domicilio fiscal en Navarra desde la publicación en el BON y durante toda la realización del desarrollo.

Con una sola de las dos también se puede entrar, si la Comisión considera el proyecto de especial interés por su impacto artístico, cultural o económico o su vinculación con la realidad de Navarra. Hay que pedirlo con escrito razonado.

Gastos subvencionables

  • Adquisición de derechos de autoría de la obra o script doctoring.
  • Guion: escritura, reescritura o adaptación, asesoramiento externo y traducción.
  • Material promocional: impresos y digitales, teaser, tráiler, storyboard, página web.
  • Presupuesto global del proyecto, plan de marketing y distribución y plan integral de financiación.
  • Asistencia a mercados y foros de coproducción: alojamiento, desplazamiento y acreditaciones.
  • Casting y búsqueda de localizaciones.
  • Documentación y búsqueda de archivos y gráfica, en animación.
  • Asesoría jurídica y fiscal del proyecto: contratos de coproducción, preventas, derechos sobre la obra y contratos con profesionales, siempre vinculados específicamente al proyecto —si no, van a gastos generales—.
  • Amortización de equipos y material técnico propio.
  • Medios externos de conciliación y sostenibilidad.

Los cuatro porcentajes

Calculados sobre la suma de los gastos anteriores:

ConceptoLímite
Personal para gestionar el desarrollo, por el tiempo efectivamente dedicado e indicado en la memoria40 %
Intereses y gastos de negociación de préstamos20 %
Gastos generales15 %
Remuneración de la producción ejecutiva10 %

Los topes de viaje

  • Alojamiento: máximo 120 € por persona y día, con el nombre de quien pernocta en la factura.
  • Vehículo propio: 0,35 €/km más parking y peajes. Alquilado: alquiler y combustible. Transporte público: billete ordinario en clase turista. Taxis y VTC urbanos sí entran.
  • Manutención: máximo 60 € por persona y día, solo comida y cena, facturados por empresas de restauración, y exclusivamente para solicitantes que sean personas físicas.

Esa última restricción es fácil de pasar por alto: una sociedad no puede imputar manutención en los mercados de coproducción, aunque sí alojamiento y desplazamiento. Solo las personas físicas la tienen subvencionable.

Baremo

Dos fases: 45 puntos objetivos del órgano gestor y 55 de la Comisión de Valoración.

Primera fase — 45 puntos

CriterioPuntos
Solvencia del productor-gestor: 5 por premios o nominaciones en los festivales del anexo, 3 por dos o más largos o series españolas, 2 por tres o más cortos8
Gasto en Navarra: 91-100 % → 8; 81-90 % → 7; 71-80 % → 6; 61-70 % → 5; 51-60 % → 4; 41-50 % → 38
Participación de la mujer: dirigida por mujer 2,5; guionista 2,5; productora ejecutiva 2; y 1 si al menos el 40 % de una lista de puestos técnicos son mujeres8
Financiación ya comprometida: más del 41 % → 7, escalando hasta 1 punto por el 15 %7
Trayectoria de la dirección. En directoras y animación el periodo se amplía a 9 años y bastan dos cortos o un largo5
Dirección empadronada en Navarra2
Dirección novel: 2 en el primer largometraje, 1 en el segundo2
Versión original en euskera2
Proyectos de Generazinema Desarrollo anteriores que llegaron a calificarse por el ICAA: 75-100 % → 2; 50-74 % → 12
Haber incorporado una persona en prácticas desde el 1 de enero de 20251

Para valorar la experiencia en series, las bases exigen un mínimo de 3 episodios, duración total por temporada de 60 minutos y haber sido emitida en televisión o repositorio online.

Segunda fase — 55 puntos

  • Calidad y creatividad, hasta 35: calidad, originalidad e innovación artística hasta 25 —idea original, propuesta narrativa, tratamiento visual, solidez de la memoria y singularidad, 5 puntos cada uno—; especial valor cinematográfico, cultural o social hasta 5; y análisis de audiencias y plan de difusión hasta 5.
  • Coherencia del presupuesto y viabilidad, hasta 20: adecuación del presupuesto y plan de financiación hasta 10, potencial de internacionalización hasta 5, selecciones en mercados especializados en desarrollo hasta 3 y ayudas de otras comunidades, MEDIA o IBERMEDIA hasta 2.

El gasto en Navarra vale aquí 8 puntos y la escala empieza en el 41 %, justo el umbral de acceso. Subir del mínimo al 91 % son 5 puntos más sin cambiar nada del proyecto salvo dónde se contrata: la misma lógica que rige la deducción fiscal del Impuesto sobre Sociedades foral.

Documentación y plazos

  • Plazo: 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BON.
  • Las personas jurídicas presentan obligatoriamente por vía telemática.
  • Subsanación: 10 días hábiles.
  • Solo se valora la documentación aportada en plazo de solicitud o subsanación.

Qué hay que aportar

  • Anexo I en Excel, que calcula automáticamente el presupuesto aceptado y el gasto navarro, confirmados después por el órgano gestor.
  • Memoria explicativa del proyecto y, opcionalmente, material complementario con fotografías e ilustraciones.
  • Uno de estos cuatro: versión inicial de guion, sinopsis extendida, primera versión de tratamiento o propuesta creativa.
  • Acreditación de los derechos de propiedad intelectual sobre el guion y sobre la obra preexistente, o de tener pactadas las condiciones de opción y futuro contrato de cesión.
  • Acuerdos firmados con dirección, coordinación y guion, y cartas de interés de los responsables artísticos.
  • Relación de personas o entidades vinculadas que ejecuten gasto en el proyecto (art. 26 de la Ley Foral 11/2005).
  • Si la dirección no ha hecho ningún largometraje, relación de cortos o series anteriores.

Quien haya concurrido a otras convocatorias de la Dirección General de Cultura no tiene que repetir la documentación societaria, salvo modificaciones y salvo el certificado del IAE, indicando el expediente donde consta.

Plazo1 de abril de 2026

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Texto oficial

Orden Foral de 11 de marzo de 2026, de la Consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria Generazinema Desarrollo 2026 y sus bases reguladorasFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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