FEMPA — acuicultura, transformación y comercialización de productos pesqueros
El 50 % del gasto subvencionable en inversiones de acuicultura, transformación y comercialización pesquera, cofinanciado al 70 % por el fondo europeo del mar. 1,1 millones repartidos en dos líneas hasta 2028.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas. En transformación y comercialización, solo micro, pequeñas y medianas empresas; en acuicultura, también empresas en general
- Cuánto se cobra
- 50 % del gasto subvencionable de la operación
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con trasvase de remanentes entre líneas
- Presupuesto
- 1.100.000 € plurianuales: 250.000 € para acuicultura y 850.000 € para comercialización y transformación
- Organismo
- PRINCIPADO DE ASTURIAS. Código BDNS 902971.
Objeto
Financia inversiones del sector pesquero asturiano en dos líneas con crédito propio:
| Línea | 2026 | 2027 | 2028 | Total |
|---|---|---|---|---|
| Acuicultura | 200.000 € | 50.000 € | — | 250.000 € |
| Comercialización y transformación de productos de la pesca y la acuicultura | 600.000 € | 100.000 € | 150.000 € | 850.000 € |
Si tras la evaluación quedan remanentes en una línea, la Comisión de Valoración puede imputarlos a la otra, incrementando su importe máximo.
Cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de la Pesca y la Acuicultura (FEMPA) en un 70 %, conforme al Reglamento (UE) 2021/1139.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas destinatarias de los fondos que realicen la actividad o proyecto, cumpliendo los requisitos generales del artículo 5 de las bases.
Con una distinción importante entre líneas:
- Comercialización y transformación: solo micro, pequeñas y medianas empresas, según la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.
- Acuicultura: además de las pymes, también empresas en general. Es la única de las dos abierta a la gran empresa.
Para subvenciones superiores a 30.000 €, las personas físicas y jurídicas con ánimo de lucro sujetas a la Ley 3/2004 deben acreditar el cumplimiento de los plazos de pago contra la morosidad.
Cuantía
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Intensidad | 50 % del gasto subvencionable de la operación |
Un matiz que condiciona el calendario de obra: en determinados supuestos la ayuda alcanza el 50 % del coste final a condición de que el montaje, la instalación, las obras y la puesta en funcionamiento no se hayan efectuado antes de la fecha del reconocimiento de no finalización de la inversión.
Dicho de otro modo, como en LEADER: empezar antes del trámite de comprobación deja la inversión fuera.
Cómo y cuándo solicitar
Plazo
15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA. Plazo corto para una inversión de este tamaño: el proyecto debe estar preparado antes.
La convocatoria de 2026 es de 30 de abril de 2026.
Normativa
Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 27 de junio de 2024 de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, en el marco del FEMPA 2021-2027.
Convocatoria hermana
La misma Consejería convoca las ayudas FEMPA a la adaptación de la flota —inversiones en buques pesqueros y establecimiento inicial de jóvenes pescadores—, con 600.000 € y hasta el 70 % de intensidad en algunas líneas.
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