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Eurovida Salud Mental: hasta 13.675 € al año por contratar a una persona en recuperación de un trastorno mental o una adicción

El Servicio Murciano de Salud paga una parte del sueldo a la empresa o al autónomo que contrate a alguien propuesto por la red pública de salud mental. Se cobra por adelantado y por orden de llegada. También hay ayuda para quien, estando en tratamiento, se da de alta como autónomo.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 896111

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas, autónomos y entidades con sede o centro de trabajo en la Región de Murcia que contraten a personas con trastorno mental grave o adicciones propuestas por la red de salud mental del SMS; empresas de inserción y centros especiales de empleo; y las propias personas en tratamiento que se den de alta como autónomas
Cuánto se cobra
Contratación en empresa ordinaria: de 366 a 977 € al mes durante un máximo de 12 meses, según sea creación o mantenimiento del puesto y el sexo de la persona contratada. Autónomos en tratamiento: 625 € al mes (666,66 € si es mujer) hasta 12 meses
Procedimiento
Concurrencia especial: por orden de registro del expediente completo, sin comparar solicitudes, hasta agotar el crédito
Presupuesto
1.829.700 € para 2026 en toda la convocatoria: 650.000 € para contratación en empresa ordinaria, 150.000 € para empresas de inserción y centros especiales de empleo, 40.000 € para autónomos y 989.700 € para acompañamiento por entidades sin ánimo de lucro
Organismo
REGIÓN DE MURCIA. Código BDNS 896111.

Cómo funciona: el candidato te lo propone la red de salud mental

Eurovida Salud Mental es un programa del Servicio Murciano de Salud (SMS) para que personas con trastorno mental grave o adicciones en proceso de recuperación trabajen. La parte que interesa a una empresa es sencilla: si contratas a una de estas personas, el SMS te paga una parte del salario.

La condición que lo distingue de cualquier otra ayuda a la contratación: no vale contratar a quien tú elijas. La persona tiene que estar en tratamiento en la red pública de salud mental y ser propuesta por su Centro de Salud Mental o su Unidad de Conductas Adictivas, con un informe del profesional de apoyo a la inserción que avale que el puesto le encaja. El camino habitual es ponerse en contacto con esos profesionales, llamados PARIS, que hacen prospección de empresas en cada área de salud.

Se pueden subvencionar contratos desde el 1 de noviembre de 2025, en cualquier modalidad que admita la normativa laboral, incluidos los temporales y a tiempo parcial.

Cuánto se cobra por contratar

La ayuda es un porcentaje del salario mínimo de 2026 (1.221 € al mes) por cada mes de contrato, con un máximo de 12 meses. Se reduce en proporción si el contrato es más corto o a tiempo parcial.

Empresa ordinaria

SituaciónMujerHombre
Creación del puesto (la persona venía del paro)80 % SMI ≈ 976,80 €/mes
13.675,20 €/año
70 % SMI ≈ 854,70 €/mes
11.965,80 €/año
Primer mantenimiento (había relación laboral previa)60 % SMI ≈ 732,60 €/mes50 % SMI ≈ 610,50 €/mes
Segundo mantenimiento (el contrato ya se subvencionó como mantenimiento en 2025)40 % SMI ≈ 488,40 €/mes30 % SMI ≈ 366,30 €/mes

Las cifras anuales incluyen las dos pagas extra. Si se subvencionan noviembre y diciembre de 2025, esos meses se calculan con el salario mínimo de 2025, 1.184 € al mes.

Empresas de inserción y centros especiales de empleo

Diez puntos más: 90 % del SMI por mujer y 80 % por hombre en creación, 70 %/60 % en primer mantenimiento y 50 %/40 % en segundo. Las empresas de inserción pueden sumar 2.500 € al año por puesto para el personal técnico de acompañamiento, con un máximo de 20.000 € por técnico, siempre que su jornada no baje del 50 % y no acompañe a más de ocho personas.

Si el que se da de alta como autónomo eres tú

La persona en tratamiento que se establece por su cuenta cobra 666,66 € al mes si es mujer y 625 € si es hombre, hasta 12 meses. Puede pedirla hasta tres años seguidos. El tercer año baja a 333,33 € y 250 € al mes.

Por orden de llegada y con el dinero por delante

La contratación y el alta como autónomo se conceden por concurrencia especial: no se comparan solicitudes, se atienden por orden de registro hasta que se acaba el crédito. Ojo con un matiz que decide el orden: si la solicitud llega incompleta, la fecha que cuenta es la del día en que completas el expediente, no la del primer registro.

Cuando se agota el dinero, las solicitudes que quedan se deniegan todas juntas, sin mirar si cumplían los requisitos. El crédito para empresa ordinaria es de 650.000 €.

El pago es anticipado, por el total y de una sola vez, al resolver la concesión, sin garantías. A cambio, si el contrato termina antes de lo previsto, tienes 15 días para devolver la parte no ejecutada por la sede electrónica, con sus intereses de demora.

El plazo para resolver es de seis meses desde que presentas la solicitud. Si pasa sin respuesta, se entiende desestimada.

Quién no puede cobrar

  • Quien haya sido sancionado por una infracción laboral grave o muy grave en los doce meses anteriores a la publicación de la convocatoria.
  • Quien despida a alguien para hacer esta contratación.
  • Quien tenga parentesco hasta segundo grado con la persona contratada: el empresario o los altos cargos de la entidad.
  • Quien tenga deudas en periodo ejecutivo con la Región de Murcia o no esté al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

Es incompatible con otras ayudas para el mismo fin de los organismos de empleo o de lucha contra la exclusión financiadas por el FSE+. Antes de pedirla, revisa si ese contrato ya lleva otro incentivo autonómico.

Solicitud y justificación

Solo por vía electrónica, en sede.carm.es, procedimiento 4026. La presentación en papel se requiere para que se subsane por vía electrónica, y la fecha que vale es la de la subsanación. Los autónomos también están obligados a la vía electrónica.

Con la solicitud va una declaración responsable de requisitos, la declaración de otras ayudas y de minimis (anexo III), el compromiso con el código de conducta (anexo IV) y la documentación del anexo A para cada subprograma. Si pides más de 30.000 €, también la declaración sobre plazos de pago a proveedores (anexo II).

Justificación: dos meses después de que termine el periodo subvencionado, con la vida laboral o el certificado de la Tesorería que acredite los meses trabajados y la cuenta justificativa del SMS. Durante el contrato hay que comunicar cualquier incidencia en la relación laboral, y colgar un cartel A3 que diga que el puesto está cofinanciado por la Unión Europea.

Normativa

  • Bases: Orden de 15 de noviembre de 2023 de la Consejería de Salud (BORM n.º 273, de 25 de noviembre de 2023).
  • Convocatoria: Resolución de 18 de marzo de 2026 de la Directora Gerente del Servicio Murciano de Salud, con extracto en el BORM n.º 71, de 27 de marzo de 2026.
  • Cofinanciación del FSE+ Región de Murcia 2021-2027, prioridad 6, objetivo específico K.

Presupuesto

Los 1.829.700 € de la convocatoria están repartidos en la BDNS en cinco registros según el régimen de ayudas: 200.000 € de minimis general, 10.000 € de minimis agrícola, 10.000 € de minimis pesquero, 159.000 € de minimis SIEG y 1.450.700 € sin ayuda de Estado. La suma cuadra con el texto oficial, pero ese reparto por registros no coincide con el de subprogramas y no sirve para saber cuánto queda para empresas. El reparto por subprogramas es orientativo: lo que no se gaste en uno puede pasar a otro.

Plazo15 de octubre de 2026

Cerrada

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Texto oficial

Resolución de convocatoria de 18 de marzo de 2026, texto completo en la BDNSExtracto publicado en el BORM n.º 71, de 27 de marzo de 2026Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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