Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros · fomento de la actividad económica en el Casco Histórico XXI
De 2.400 € a 4.500 € para abrir o reformar un bar, un restaurante o un comercio dentro del recinto amurallado de Ejea de los Caballeros. El importe se fija por tramos de puntuación y las solicitudes se resuelven por orden de entrada mientras quede crédito.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de restaurantes, bares de tapeo, comercios y demás actividades susceptibles de ayuda según la convocatoria, ubicados en el ámbito del Casco Histórico de Ejea de los Caballeros
- Cuánto se cobra
- Importe fijo por tramos de puntuación: 2.400 € de 10 a 15 puntos, 2.800 € de 16 a 20, 3.500 € de 21 a 30 y 4.500 € de 31 a 40
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, resolviendo por orden de entrada en el Registro General del Ayuntamiento
- Presupuesto
- 9.000 €, con cargo a la aplicación «Comercio Casco Histórico XXI» del presupuesto municipal de 2026. Coincide con lo registrado en la BDNS
- Organismo
- EJEA DE LOS CABALLEROS. Código BDNS 899260.
Objeto y ámbito
Es una ayuda estrictamente territorial: solo se aplica dentro del Casco Histórico de Ejea de los Caballeros, que la convocatoria delimita como el recinto amurallado de la ciudad histórica, con estos límites:
- Al sur, el Paseo del Muro, excluyendo las viviendas que recaen sobre él.
- Al oeste, la calle Concordia.
- Al norte, el río Arba de Luesia, la cantera de San Gregorio, la calle Graneros y la Cuesta de la Fuente.
Antes de preparar nada conviene comprobar en el plano si el local está dentro: es lo primero que decide.
Son actividades susceptibles de ayuda los restaurantes, los bares de tapeo y los comercios, entre las que enumera la convocatoria.
Cuánto se cobra
No es un porcentaje sobre factura, sino un importe fijo por tramo de puntuación:
| Puntuación | Subvención |
|---|---|
| De 10 a 15 puntos | 2.400 € |
| De 16 a 20 puntos | 2.800 € |
| De 21 a 30 puntos | 3.500 € |
| De 31 a 40 puntos | 4.500 € |
Con 9.000 € de crédito, la convocatoria da para dos expedientes en el tramo alto o tres o cuatro en los bajos. El orden de entrada en el Registro General decide, así que presentar el primer día importa mucho.
Obligaciones
Además de las obligaciones generales de los artículos 14 y 15 de la Ley General de Subvenciones, hay una advertencia expresa que conviene tener presente:
Cualquier cambio en el proyecto o en el presupuesto presentado, así como la no realización de las inversiones incluidas en la solicitud, puede suponer la modificación o anulación de la subvención concedida. El beneficiario se obliga expresamente a devolver la parte de subvención no invertida en el proyecto tal como se especificó en la solicitud.
Dicho de otro modo: la memoria y el presupuesto que se presentan no son orientativos. Conviene ajustarlos a lo que realmente se va a ejecutar.
Plazos
El plazo se abre el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y terminó el 3 de agosto de 2026. La convocatoria se registró en la BDNS el 16 de abril de 2026.
Las bases son la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, publicada íntegramente en el BOPZ número 20, de 10 de septiembre de 2020.
Cuándo vuelve a convocarse
Cinco ediciones seguidas:
| Edición | Registro en la BDNS | Crédito |
|---|---|---|
| 2022 | 2022 | — |
| 2023 | 2023 | — |
| 2024 | 2024 | — |
| 2025 | 2025 | — |
| 2026 | 16 de abril de 2026 | 9.000 € |
Convocatoria anual en primavera. Conviene vigilar el BOPZ y la sede del Ayuntamiento de Ejea desde marzo.
Ejea convoca en paralelo otras dos líneas de fomento de la actividad económica —apoyo a la actividad e inversiones productivas, y creación de nuevas empresas— con mucho más crédito. Para un negocio del casco histórico conviene revisar las tres, porque el ámbito territorial de esta es más estrecho pero la competencia también menor.
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