Festivales de cine que se celebran en Galicia
Hasta el 50 % del presupuesto de un festival de cine profesional, con un máximo de 50.000 € por proyecto. Exige tres ediciones previas consecutivas y programación gallega.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas y jurídicas privadas domiciliadas en Galicia o en la UE que operen aquí, y entidades locales gallegas
- Cuánto se cobra
- 50 % del presupuesto para entidades privadas y 30 % para entidades locales, con tope de 50.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 310.000 € en la convocatoria de 2026
- Organismo
- GALICIA. Código BDNS 875643.
Objeto y beneficiarios
Apoya la realización de festivales de cine de carácter profesional celebrados en Galicia que, por sus características, tengan interés estratégico para el sector. Se entiende por festival los certámenes, semanas y muestras cuyo objeto sea promover y difundir la producción cinematográfica y audiovisual.
Quién puede pedirla (art. 2)
- Personas físicas y jurídicas privadas legalmente constituidas, domiciliadas en Galicia o en un Estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo, que desarrollen su actividad en Galicia.
- Entidades locales gallegas, individualmente o en agrupación, asociación, mancomunidad o fusión.
Las solicitudes conjuntas de entidades locales exigen acreditar que el festival se realiza de forma conjunta: quedan excluidas las que supongan actuaciones independientes en cada ayuntamiento. Además, las entidades locales deben haber remitido al Consello de Contas las cuentas generales de cada ejercicio, y acreditarlo antes de la concesión.
Requisitos del festival
Los cinco filtros del artículo 4.1, todos obligatorios:
- Celebrarse entre el 1 de noviembre del año anterior y el 31 de octubre del año de la convocatoria. Se admiten los festivales iniciados hasta el 31 de octubre que desarrollen más del 50 % de las actividades dentro de ese periodo.
- Duración mínima de 4 jornadas y un mínimo de 20 sesiones.
- Haber realizado un mínimo de tres ediciones consecutivas inmediatamente anteriores.
- Que la programación contenga un mínimo del 5 % de títulos o 5 sesiones de producción cinematográfica gallega o de dirección gallega.
- Alcanzar una puntuación mínima de 30 puntos totales y 10 puntos en cada bloque de criterios.
El requisito 3 excluye a los festivales nuevos. Hacen falta tres ediciones ya celebradas antes de poder pedir nada, así que las tres primeras hay que financiarlas por otra vía. Y el requisito 5 permite que un festival quede fuera aunque haya crédito disponible: no basta con presentarse, hay que superar el umbral de calidad en los tres bloques.
Cuantía
| Tipo de solicitante | Porcentaje máximo del presupuesto subvencionable |
|---|---|
| Entidad privada | 50 % |
| Entidad local | 30 % |
| Solicitudes conjuntas de entidades locales, o resultantes de fusión | 75 % |
Cuantía máxima solicitable: 50.000 € por proyecto (art. 3.8).
La cuantía concreta se determina en función de las disponibilidades presupuestarias, el coste del proyecto y la puntuación obtenida.
El salto del 30 % al 75 % para solicitudes conjuntas de entidades locales es la palanca más fuerte de esta convocatoria: multiplica por dos y medio la intensidad. Para un festival comarcal que hoy financia un solo ayuntamiento, articularlo como mancomunidad o agrupación cambia por completo el número —siempre que se acredite que el festival se realiza de verdad de forma conjunta y no como actos separados en cada localidad.
Reparto del crédito
| Aplicación | 2026 |
|---|---|
| 13.A1.432B.460.0 · entidades locales | 50.000 € |
| 13.A1.432B.470.0 · empresas | 35.000 € |
| 13.A1.432B.481.0 · entidades sin ánimo de lucro | 225.000 € |
| Total | 310.000 € |
Si una aplicación no agota su crédito, la Dirección de la Agencia puede incrementar el de las otras sin necesidad de nueva convocatoria.
Conviene mirar esa tabla antes de decidir con qué forma jurídica se presenta el cliente. La partida de empresas es de solo 35.000 € —menos de una ayuda máxima— frente a los 225.000 € de las entidades sin ánimo de lucro. Aunque el trasvase entre partidas es posible, el punto de partida es muy desigual.
Cómo y cuándo solicitar
- Plazo de la convocatoria de 2026: cerró el 22 de enero de 2026.
- Procedimiento: concurrencia competitiva.
- Se puede presentar más de un proyecto, pero solo uno resultará subvencionado por solicitante: se elige el de mayor puntuación.
- Existe lista de espera para quienes cumplen requisitos y se quedan sin ayuda por agotamiento del crédito. Pueden acceder si hay renuncias, modificaciones de proyectos o ampliación de presupuesto.
Límites de acumulación
La ayuda es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad, pero la suma no puede superar el 100 % del coste del evento. Hay que comunicar cualquier otra ayuda tan pronto se conozca y, en todo caso, antes de justificar.
Al ser minimis, computa en el tope de 300.000 € en los tres años previos, con independencia de la forma en que se otorguen las ayudas o del objetivo perseguido.
El expediente se tramita como anticipado de gasto: todos los actos quedan condicionados a que, una vez aprobado el presupuesto del ejercicio, subsistan las mismas circunstancias. En la práctica significa que la resolución puede demorarse más de lo previsto, algo a tener en cuenta si el festival necesita el dinero para contratar programación.
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