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Ayudas municipales a la creación de empresas — Monforte de Lemos 2026

Hasta 1.500 € para arrancar un negocio en Monforte de Lemos: la mitad del alquiler, las primeras compras de mercancía, los seguros y los suministros de los primeros meses. Un 25 % más si eres mujer o tienes discapacidad. Solo si te diste de alta entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 931522

Lo esencial

Quién puede pedirla
Autónomos y pymes de cualquier forma jurídica que empezaron su actividad (alta en el IAE) entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, con domicilio fiscal y social en Monforte de Lemos y promotores empadronados allí. Los promotores tenían que estar en paro al empezar y crear, como mínimo, su propio puesto de trabajo. También socios de comunidades de bienes, sociedades civiles y mercantiles. Quedan fuera los autónomos colaboradores
Cuánto se cobra
El 50 % de los gastos subvencionables, con un máximo de 1.500 € por beneficiario. El máximo sube un 25 % si la persona beneficiaria es mujer o tiene discapacidad
Procedimiento
Concurrencia no competitiva. Si lo pedido supera el crédito, se reduce la ayuda a todos en proporción
Presupuesto
30.000 € para 2026, en la partida 2410.480.05
Organismo
MONFORTE DE LEMOS. Código BDNS 931522.

Qué gastos te pagan

El Ayuntamiento paga el 50 % de estos gastos de puesta en marcha:

  • Constitución: visado, honorarios y gastos de proyectos técnicos, y el alta en el Registro Mercantil.
  • Primeras compras de mercancía, materias primas y consumibles de producción.
  • Alquileres del local, del vehículo industrial, de programas y de equipos informáticos, si son imprescindibles para la actividad.
  • Seguros del local, de responsabilidad civil y de un vehículo como máximo, si lo necesitas para trabajar.
  • Suministros: agua, teléfono, luz, gas, gasóleo o gasolina, material de oficina, cuotas mensuales de la gestoría y de la alarma.

Valen los gastos hechos desde dos meses antes del alta hasta el último día de plazo de solicitud. Nada más entra: ni compra de maquinaria ni obras. El IVA que puedas recuperar tampoco.

Quién puede pedirla, y quién no

  • Alta en el IAE entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. Si todavía no te has dado de alta, llegas tarde para esta convocatoria.
  • Estar en paro el día que empezaste.
  • No haber estado de alta como autónomo, en ningún régimen ni mutualidad, en los seis meses anteriores. Tampoco haber hecho la misma actividad o una parecida en Monforte en ese tiempo.
  • No haber cobrado ninguna ayuda de programas de empleo autónomo en los tres años anteriores al inicio.
  • Empadronado en Monforte al pedirla, con el domicilio fiscal y social allí.
  • Sin deudas con Hacienda, la Seguridad Social, la Xunta ni el Ayuntamiento. Esto vale para la sociedad y para cada socio.

Los traspasos de negocio cuentan como empresa nueva, salvo entre cónyuges, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado. Un simple cambio de forma jurídica no cuenta.

La trampa: justificas al pedirla

Aquí no hay fase de justificación después. Las facturas y los justificantes de pago van con la solicitud. Si no has pagado un gasto antes de pedir, no entra.

  • Solo valen pagos por banco, con el justificante sellado por la entidad y el número de factura. Lo pagado en efectivo no cuenta.
  • Con las facturas de alquiler va el contrato. Con las de seguros, la póliza.
  • Tienes que mantener la actividad dos años desde el alta. Si cierras antes, devuelves la parte proporcional. Si cierras y no lo comunicas en un mes, lo devuelves todo.
  • Tras la concesión, tienes 20 días hábiles para mandar una foto del cartel del Ayuntamiento colocado en el negocio. Si no lo pones, te quitan un 2 %.

Es compatible con otras ayudas por los mismos gastos siempre que, sumadas, no pasen del coste. Tienes que declararlas.

Cómo se pide y qué llevar

Solicitud (anexo I) en el Registro del Ayuntamiento o por cualquier vía de la Ley 39/2015, dirigida a la Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Comercio. Con ella:

  • Declaración de requisitos (anexo II), de otras ayudas (anexo III) y memoria del proyecto (anexo IV).
  • Certificado del IBAN, DNI o NIF y, si es sociedad, la escritura inscrita.
  • Alta en el IAE y en la Seguridad Social, y vida laboral.
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Xunta y Hacienda, de la sociedad y de cada socio.
  • Facturas, justificantes bancarios y relación de facturas (anexo V).
  • Solicitud de licencia de apertura, de obras o comunicación previa, si tu actividad la necesita.

Resuelve la Junta de Gobierno Local como tarde el 31 de diciembre de 2026. Si no contesta, es un no. Se cobra en un pago único.

Para qué cliente

Quien acaba de montar un negocio pequeño en Monforte saliendo del paro. Poco dinero, pero compatible con otras ayudas mientras no se pague dos veces el mismo gasto. La de la Xunta por el alta como autónomo es la promoción del empleo autónomo (TR341D).

Cierra en30 de octubre de 2026

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Texto oficial

Bases para la concesión de subvenciones del programa de ayudas municipales a la creación de empresas del Ayuntamiento de Monforte de Lemos, 2026 (versión en castellano publicada en la BDNS)Web del Ayuntamiento de Monforte de Lemos, donde se publican las bases y los modelos de solicitud

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