Hasta 3.000 € por reformar o equipar tu local en el Centro Histórico o en la Plaza de Abastos de Miranda de Ebro
El 80 % de la obra y del equipamiento de tu local, con un tope de 3.000 € e IVA fuera. Es la décima edición y va por concurso: hay 15.000 € para todos, así que si se piden más se reparten a prorrata por puntos y cobras menos del tope. Dos avisos. Uno: el plazo es de 15 días desde que salga el anuncio en el BOP de Burgos, y a 9 de septiembre de 2026 todavía no ha salido. Dos: la solicitud lleva presupuestos y fotos del local antes de la obra, o sea que se pide primero y se gasta después.
Ficha revisada el 9 de septiembre de 2026 · BDNS 928304
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Autónomos y pymes minoristas, personas físicas o jurídicas, con domicilio fiscal en Miranda de Ebro, cuyas actuaciones se hagan en 2026 en un establecimiento comercial —ya abierto o de nueva creación— del Centro Histórico de la ciudad o en un local comercial de la Plaza de Abastos
- Cuánto se cobra
- Hasta el 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 3.000 € por local comercial y el IVA excluido. Si la actividad ocupa varios locales unidos físicamente entre sí, el tope sigue siendo 3.000 €. Hay inversión mínima: 1.000 € en el Centro Histórico de Aquende y en la Plaza de Abastos, 2.000 € en el Centro Histórico de Allende
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva. Se puntúa cada solicitud por localización, tipo de actuación, situación laboral previa del solicitante, empleo creado y titularidad femenina, y si las ayudas pedidas superan los 15.000 € el crédito se reparte de forma proporcionada según la puntuación hasta agotarlo: quien más puntúa cobra proporcionalmente más, pero nadie tiene garantizado el tope. Los empates los deshace el empleo generado y, después, el orden cronológico de solicitud completa. Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda Local, previo informe del Departamento de Promoción Económica, y resolución de la Alcaldía o de la Junta de Gobierno Local por delegación. Tres meses para resolver desde que acaba el plazo; pasados sin respuesta, denegada por silencio
- Presupuesto
- 15.000 € para 2026, en la partida presupuestaria 4310-77000, condicionados a que exista crédito adecuado y suficiente en el momento de resolver. La BDNS publica ese mismo importe, así que base y texto oficial coinciden. El Ayuntamiento se reserva aumentar o disminuir esa cantidad a la vista de las solicitudes que reciba
- Organismo
- MIRANDA DE EBRO. Código BDNS 928304.
Qué paga, y qué no paga aunque lo parezca
Son ayudas a fondo perdido para inversiones —obras o reformas— dirigidas a abrir una actividad nueva y equiparla, o a modernizar, ampliar, acondicionar y mejorar el equipamiento de un local comercial o profesional que ya existe.
Obras y reformas
Entran: albañilería, fontanería, carpintería y pintura, puertas y ventanas, suelos y revestimientos de techos y paredes, remodelación de la fachada, instalaciones eléctricas, aire acondicionado y calefacción, rótulos, toldos y marquesinas exteriores, y la supresión de barreras arquitectónicas para mejorar el acceso al establecimiento.
No entran: el alquiler o la compraventa del local, los estudios y proyectos de reforma, los derechos de traspaso, la compra de terrenos y derechos reales, y las obras sobre elementos estructurales del edificio —escaleras, montacargas, ascensores, altillos—.
Equipamiento
Entra el mobiliario de la actividad, incluido el de exposición: escaparates, vitrinas, mostradores, mesas, paneles, estanterías, islas expositoras —también las refrigeradas—, tarimas, y el mobiliario de custodia en el almacén del local. También cámaras frigoríficas del almacén para alimentos perecederos, alarmas y sistemas de seguridad y vigilancia, TPV, lectores de códigos de barras y de bandas magnéticas, impresora de tiques, pantallas publicitarias y balanzas digitales.
Lo que se cae de la lista y sorprende a casi todo el mundo: ordenadores, periféricos, cualquier programa informático, la página web y el marketing digital. Esta ayuda es de ladrillo y mobiliario, no de digitalización. Tampoco entran el material de oficina y el utillaje, los vehículos, la mercancía que vas a vender ni el equipamiento específico de actividades de servicios o de fabricación.
Y en ningún caso: intereses deudores de cuentas bancarias, recargos y sanciones, ni gastos de procedimientos judiciales.
Quién cobra y quién queda fuera de la lista
Pueden pedirla los autónomos y las pymes minoristas, sean personas físicas o jurídicas, que cumplan tres cosas a la vez:
- Tener el domicilio fiscal en Miranda de Ebro.
- Que la actuación se realice durante 2026.
- Que el establecimiento —existente o de nueva creación— esté en el Centro Histórico o sea un local comercial de la Plaza de Abastos, y que en él se desarrolle o vaya a desarrollarse una actividad económica.
Excluidos expresamente
- Las grandes empresas de distribución y cualquier sociedad o grupo del que formen parte.
- Las actividades con regulación específica: farmacias, gasolineras, estancos «u otras de naturaleza análoga».
- Las que comercializan productos vinculados a la contratación de servicios: telefonía y comunicaciones y análogas.
- Los bares y restaurantes, con una excepción: los que están en el espacio comercial de la Plaza de Abastos y sirven de complemento o de atracción de clientes para las actividades del propio mercado.
La excepción hostelera es estrecha y conviene leerla bien: un bar de la Plaza de Abastos puede entrar; el mismo bar dos calles más allá, en pleno Centro Histórico, no.
Dónde empieza y acaba el Centro Histórico
La delimitación no la fijan estas bases: es la del Plan Especial de Reforma Interior «Conjunto Histórico de Miranda de Ebro», aprobado definitivamente por el Pleno el 2 de octubre de 2003. La convocatoria publica un plano con esa delimitación, y es el documento que hay que mirar antes de dar nada por hecho: la calle de al lado puede quedarse fuera.
Cuánto sale: el 80 %, el tope de 3.000 € y el suelo de inversión
La ayuda alcanza hasta el 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 3.000 € por local comercial. El IVA está excluido en todos los casos, así que el 80 % se calcula sobre la base imponible. Si la misma actividad ocupa varios locales unidos físicamente entre sí, el tope sigue siendo 3.000 € para el conjunto.
Hay una inversión mínima, y por debajo se desestima
Las solicitudes se clasifican en dos niveles según dónde esté el local, y cada nivel tiene su suelo:
| Nivel | Dónde | Inversión mínima |
|---|---|---|
| I | Centro Histórico de Aquende y locales de la Plaza de Abastos | 1.000 € |
| II | Centro Histórico de Allende | 2.000 € |
Las bases son tajantes: «serán desestimadas todas aquellas solicitudes cuya inversión subvencionable sea inferior al límite mínimo señalado». No es un criterio que reste puntos, es una causa de desestimación.
Cuentas rápidas
- Inversión de 1.000 € en Aquende: 800 € de ayuda.
- Inversión de 2.000 € en Allende: 1.600 €.
- Para tocar el tope de 3.000 € hace falta gastar 3.750 € sin IVA. A partir de ahí, todo lo que inviertas de más lo pones tú.
Es un concurso, y con 15.000 € el reparto se nota
No es por orden de entrada: es concurrencia competitiva. Se puntúa así, a fecha de presentar la solicitud:
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Localización: nivel I | 3 |
| Localización: nivel II | 2 |
| Nueva instalación | 3 |
| Reforma de la instalación | 2 |
| Solicitante desempleado | 1 |
| Solicitante desempleado de larga duración (más de un año) | 2 |
| Por cada puesto de trabajo creado, sin contar al titular | 1 |
| La titular del negocio es mujer | 1 |
Los puntos de desempleo y de empleo creado hay que acreditarlos con papel junto a la solicitud. Si no aportas la documentación, esos dos apartados puntúan cero aunque cumplas: no hay requerimiento posterior para eso.
El prorrateo, que es lo que de verdad decide lo que cobras
El importe máximo a repartir entre todas las actividades es de 15.000 €. Si la suma de lo solicitado supera ese crédito, no se corta la lista por abajo: se reparte de manera proporcionada entre los solicitantes en función de la puntuación, dando un valor a cada punto hasta agotar el dinero. Quien más puntúa se lleva proporcionalmente más, pero el tope de 3.000 € es un máximo teórico, no lo que vas a cobrar.
Con 15.000 € en total, bastan cinco expedientes al tope para vaciar la convocatoria. Conviene presupuestar la obra contando con recibir bastante menos de esos 3.000 €, y no dar por hecho el 80 % a la hora de pedir el crédito al banco.
Si hay empate a puntos, se prioriza a las actividades con mayor volumen de empleo generado, de más a menos empleados. Y solo si sigue habiendo empate se mira el orden cronológico de la solicitud, contando desde que está completa con toda la documentación de la cláusula duodécima.
El orden de los pasos: se pide antes de gastar
Esta es la parte donde se pierde el dinero por hacer las cosas en el orden equivocado.
- Pides presupuestos de la obra y del equipamiento, desglosados por partidas y diciendo claramente si llevan IVA o no.
- Haces fotografías del local antes de la inversión, señalando qué vas a ejecutar. Están en la lista de documentación obligatoria: si ya has tirado el tabique, esa foto ya no la tienes.
- Presentas la solicitud dentro de los 15 días con toda la documentación.
- Se resuelve, ejecutas la obra y pagas las facturas.
- Justificas antes del 31 de diciembre de 2026.
Dónde se presenta
Por la Sede Electrónica del Ayuntamiento (personas físicas y jurídicas), en el Servicio de Atención Ciudadana (solo personas físicas) o por cualquiera de las vías del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Los modelos están en la web municipal y en la sede.
Qué va en el expediente
Además de la memoria de la actividad económica (modelo orientativo del Anexo I), los presupuestos y las fotos previas: DNI o CIF, documento que acredite el alquiler, la compra o la reserva del local, certificado de situación censal de la AEAT, certificado de titularidad de la cuenta bancaria, declaración responsable (Anexo II) y autorización para consultar tus datos ante Hacienda y la Seguridad Social (Anexo III) —si no autorizas, aportas tú los certificados—.
- Personas físicas: además, alta en el RETA o en la mutua profesional, recibo del pago de autónomos del último mes, informe de vida laboral y, si tienes empleados, el ITA.
- Personas jurídicas: además, escrituras de constitución o estatutos e ITA actualizado de la actividad.
Si falta algo, te requieren para subsanar en un plazo máximo e improrrogable de diez días por el registro oficial. Si no lo haces, se te tiene por desistido.
Después de cobrar: abrir en tres meses y aguantar un año
La justificación
Se presenta antes del 31 de diciembre de 2026, por sede electrónica o, con cita previa, en el SAC si eres persona física. Hay que aportar las facturas correspondientes a los presupuestos que presentaste, los justificantes bancarios de pago y fotografías del local después de la obra, siguiendo el Anexo II de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento (BOP de Burgos de 29 de septiembre de 2021).
Dos detalles que tumban justificaciones: las facturas deben estar fechadas en el ejercicio 2026, y los pagos se hacen por transferencia bancaria. Pagar al albañil en efectivo, o con una factura de diciembre de 2025 que tenías guardada, deja el gasto fuera.
Los compromisos que siguen después
- El establecimiento tiene que estar abierto y en condiciones de exposición y venta al público en el plazo de tres meses desde que cobras.
- Y mantenerse en funcionamiento y abierto al público un año como mínimo.
- Hay que exhibir en un lugar visible el adhesivo que entrega el Ayuntamiento tras aceptar la justificación, y participar con representantes municipales en las acciones de comunicación pública de las ayudas.
- Estar en posesión de todos los permisos, licencias y autorizaciones necesarios para la instalación y el funcionamiento.
- Comunicar al Ayuntamiento cualquier otra ayuda para la misma finalidad y cualquier alteración de las condiciones que se tuvieron en cuenta.
Incumplir cualquiera de estas obligaciones puede acabar en que no se pague la ayuda, en que se reduzca o en el reintegro con intereses de demora. Cerrar el negocio a los seis meses de cobrar es, en la práctica, devolver el dinero.
Con qué se puede juntar
Son compatibles con ayudas de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que entre todas no se supere el coste total de los conceptos subvencionados. Y hay que respetar el límite de minimis.
Las dos cosas que no nos cuadran del texto
1. La cláusula que dice 2025
Las bases son de 2026 de principio a fin: los beneficiarios lo son por actuaciones «durante el año 2026» (cláusula segunda), el crédito es «para el ejercicio 2026» (tercera) y las facturas «deberán estar fechadas en el ejercicio económico 2026» (decimoquinta). Pero la cláusula cuarta, la de gastos subvencionables, exige que los gastos «se realicen en el año natural 2025».
Parece un resto de la convocatoria anterior que se quedó sin actualizar, y todo lo demás apunta a 2026. Pero es la cláusula que define qué gasto es subvencionable, así que no es un detalle inocuo: si tu obra es de 2026 —y tiene que serlo— conviene preguntarlo por escrito al Departamento de Promoción Económica antes de presentar, y guardar la respuesta. No inventamos aquí cuál de las dos fechas manda: el texto oficial dice las dos cosas.
2. El reglamento de minimis derogado
Las bases remiten dos veces al Reglamento (UE) 1407/2013 y a su tope de 200.000 € en tres ejercicios. Ese reglamento ya no está en vigor: desde el 1 de enero de 2024 rige el Reglamento (UE) 2023/2831, cuyo límite es de 300.000 € en cualquier periodo de tres años. Es el que hay que mirar al sumar tus ayudas.
Y una advertencia de calendario
La convocatoria entra en vigor al día siguiente de publicarse en el BOP de Burgos, y el plazo de solicitud son 15 días desde esa misma publicación. Con la justificación cerrada el 31 de diciembre de 2026, entre presentar, resolver —hay tres meses para hacerlo— y ejecutar la obra queda muy poco margen. Si la reforma es larga, merece la pena tener al industrial avisado antes de que salga el anuncio.
Plazo sin fecha publicada
Todavía no hay fecha: la fija el boletín al publicar la convocatoria.
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