Ayudas a artistas visuales
Hasta 5.000 € por proyecto de creación contemporánea, para personas físicas vinculadas a Extremadura. El proyecto debe ser inédito e invertir en la comunidad al menos el 50 % de la ayuda. Tener 35 años o menos suma 5 puntos.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas vinculadas a Extremadura que desarrollen su trabajo en el campo de la creación artística contemporánea dentro de las artes visuales
- Cuánto se cobra
- La cantidad solicitada, con un máximo de 5.000 € por actividad subvencionada y una sola ayuda por artista
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica, adjudicando por orden de mayor puntuación hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 40.000 € con cargo a la anualidad 2026, aplicación presupuestaria 150020000 G/272C/470, proyecto 20170020. Coincide con la cifra registrada en la BDNS
- Organismo
- EXTREMADURA. Código BDNS 900554.
Objeto
Apoya la creación artística contemporánea en el ámbito de las artes visuales. Es la única de las tres líneas culturales extremeñas cuyo beneficiario es una persona física, no una empresa.
Qué se subvenciona
- La producción: materialización, desarrollo y difusión de proyectos de artes visuales.
- La participación en actividades del sector: exposiciones, ferias, festivales de arte y sus actividades de difusión.
Se entiende por artes visuales pintura, escultura, instalación, dibujo, grabado, fotografía, procedimientos mixtos, arte digital, arte sonoro, videoarte, performance, arte de acción o cualquier otra modalidad de lenguaje visual.
Los proyectos pueden ser individuales o colectivos, con la participación de varios artistas.
Las tres condiciones del proyecto
- Debe ser inédito, acompañado de declaración responsable que lo manifieste.
- Debe implicar una inversión en Extremadura de al menos el 50 % de la ayuda solicitada: contratación de recursos prestados por personas residentes y empresas que ejerzan su actividad en la comunidad.
- No entran los proyectos de producción y desarrollo de largometrajes, mediometrajes y cortometrajes, que van por su propia línea.
Cuantía y gastos
La ayuda es la cantidad solicitada, con un máximo de 5.000 € por actividad. Un artista solo puede ser beneficiario de una ayuda por convocatoria.
Se subvencionan los proyectos en orden de mayor puntuación y por la totalidad del importe solicitado, hasta agotar el crédito. Con 40.000 €, la convocatoria da para ocho artistas si todos piden el máximo.
Periodo de gasto
Del 1 de enero al 7 de noviembre de 2026. Es una fecha de cierre inusual y conviene anotarla: los gastos posteriores al 7 de noviembre no entran.
Qué entra
- Creación y difusión artística directamente relacionadas con la actividad, incluidos gastos generales —alquiler, personal, mensajería, material no permanente— cuya vinculación aprecia caso por caso la Comisión de Valoración.
- Publicidad contratada para difundir el proyecto.
- Tributos, cuando el beneficiario los abone efectivamente.
- Costes indirectos, con el límite del 5 % de la ayuda concedida.
- Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, notariales, registrales y periciales, si son indispensables para preparar o ejecutar el proyecto.
Qué no entra
Y aquí está la exclusión que más condiciona a un artista visual: la compra de material de carácter permanente o inversiones. La ayuda financia el proceso, no el equipamiento del estudio.
Tampoco intereses deudores, recargos y sanciones, gastos judiciales, impuestos indirectos recuperables ni impuestos personales sobre la renta.
Cómo se puntúa
Concurrencia competitiva sobre la memoria o proyecto presentado.
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Interés específico de la producción: originalidad, singularidad, innovación o carácter experimental, repartido entre técnica y ejecución (5) y temática o argumento (5) | hasta 10 |
| Actividades del ámbito en las que se pretenda participar: interés de la obra a exponer (6) y proyección del espacio organizador (4) | hasta 10 |
| Acciones de difusión: nuevas tecnologías (3), publicaciones o material impreso (3), medios tradicionales (2) | hasta 8 |
| Interés social: problemáticas de la sociedad actual (3) y acciones dirigidas a colectivos minoritarios o en riesgo de exclusión (3) | hasta 6 |
| Tener 35 años o menos el día de la publicación de la convocatoria | 5 |
| No haber disfrutado de la ayuda en la última convocatoria | 5 |
| Calidad, claridad y coherencia de la presentación | hasta 2 |
La proyección del espacio
Dentro del segundo criterio, los 4 puntos por proyección y visibilidad se gradúan según dónde se exponga: internacional hasta 2 puntos, nacional hasta 1, regional hasta 0,75 y local hasta 0,25. Cerrar una participación en una feria internacional antes de solicitar vale ocho veces más que una exposición local.
Los 10 puntos objetivos
Edad y no reincidencia suman 10 puntos que no dependen del proyecto. Para un artista menor de 36 años que no cobró el año anterior, es un punto de partida notable sobre un baremo donde el bloque artístico principal reparte 10.
Quién puede solicitarla y cómo
Personas físicas vinculadas a Extremadura que trabajen en creación artística contemporánea.
Cómo se acredita la vinculación
La convocatoria es flexible en este punto: sirve el certificado de empadronamiento o, alternativamente, copia auténtica de un documento que acredite la relación laboral, profesional o personal con la comunidad. No hace falta residir en Extremadura si se puede documentar el vínculo profesional.
Otros requisitos
- Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica.
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 12.2 de la Ley 6/2011.
- Presentar un proyecto artístico inédito con declaración responsable de que lo es.
Presentación
Se admite tanto la vía presencial —en los registros del Sistema de Registro Único, o en oficina de Correos en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada antes de certificarla— como la electrónica por el Registro Electrónico General de la sede de la Junta.
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y su extracto.
Compatibilidad
Compatible con cualquier otra ayuda pública o privada para la misma finalidad, siempre que el conjunto no supere el coste del proyecto. Hay obligación de comunicar cualquier otra ayuda para la misma finalidad; si se supera el límite, se modifica la resolución y se reduce la cuantía.
Cierra hoy
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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