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Alcalá la Real · Inversión para abrir un negocio nuevo en el centro histórico, las aldeas o el casco urbano

El Ayuntamiento de Alcalá la Real devuelve el 50 % de lo que hayas invertido para abrir un local nuevo entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026: hasta 5.000 € en el centro histórico – zona norte y en las aldeas, hasta 3.000 € en el resto del casco si cumples requisitos de discapacidad o de edad, y de 20.000 a 50.000 € si lo que abres es un hotel. Se pide con las facturas ya pagadas y cierra el 30 de septiembre de 2026.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 928233

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas constituidas e inscritas en su registro y empresarios individuales dados de alta en el IAE que abran actividad en Alcalá la Real, como empresa nueva o como nuevo establecimiento de una empresa que ya existía, entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. Quedan fuera las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las asociaciones y las fundaciones
Cuánto se cobra
50 % de la inversión subvencionable sin IVA: hasta 5.000 € en el centro histórico – zona norte, el núcleo urbano de las aldeas y los núcleos de hábitat rural diseminado; hasta 3.000 € en el resto del municipio si el titular tiene una discapacidad del 33 % o más o, en sociedades, si al menos el 51 % del capital es de menores de 35 años; y para establecimientos hoteleros, 20.000 € de 10 a 15 plazas, 30.000 € de 16 a 40 y 50.000 € desde 41
Procedimiento
Concurrencia no competitiva, hasta agotar el crédito
Presupuesto
50.000 € con cargo a la aplicación 2026 433 77000, dentro de un Plan de Apoyo a Pymes 2026 de 90.000 €. Coincide con la BDNS
Organismo
ALCALÁ LA REAL. Código BDNS 928233.

Cuánto se cobra según dónde abras

La ayuda es siempre el 50 % de la inversión subvencionable, sin IVA, con un tope que depende de la zona y del tipo de negocio:

Dónde y quéTope
Centro histórico – zona norte, núcleo urbano de las aldeas y núcleos de hábitat rural diseminado5.000 €
Resto del municipio, solo si el titular tiene una discapacidad del 33 % o más o, en una sociedad, si al menos el 51 % del capital es de menores de 35 años3.000 €
Establecimiento hotelero de 10 a 15 plazas20.000 €
Establecimiento hotelero de 16 a 40 plazas30.000 €
Establecimiento hotelero de 41 plazas en adelante50.000 €

El centro histórico – zona norte está delimitado en un plano que va como anexo III de las bases. Antes de firmar un alquiler, mira que la calle esté dentro. En las aldeas y en los diseminados solo vale abrir en la zona urbana.

Dos cosas que el texto deja cojas. La primera: las bases dicen que la restauración tendrá «un mayor apoyo en la intensidad», pero la tabla de cuantías no le da un tramo propio; lo que sí tiene tramo propio es el hotel. La segunda: en el resto del municipio, el requisito de edad solo está escrito para personas jurídicas (el 51 % del capital); para un autónomo persona física solo figura la discapacidad. Si tu caso depende de eso, pregúntalo al Área de Desarrollo antes de contar con el dinero.

Qué inversión entra y cuál no

Cuentan las facturas emitidas y pagadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, de bienes nuevos y a precio de mercado:

  • Obras y reformas del local, incluida la fachada. En obra civil e instalaciones se admiten facturas anteriores al 1 de octubre de 2025 si se justifican.
  • Rótulos luminosos, maquinaria de la actividad y mobiliario.
  • Alarmas, cierres y cámaras: la compra y la instalación, no la cuota mensual.
  • Ahorro energético: luminarias led, climatización o refrigeración, cerramientos, puertas y ventanas.
  • Informática: ordenadores, periféricos, diseño de la web, tienda online y software de gestión comprado (no el alquilado).
  • Cualquier otra inversión en inmovilizado que mejore la productividad.

Y lo que se queda fuera:

  • Locales que no estén en planta baja.
  • Locales dentro del CADE, un coworking o el CME.
  • Ampliar un local abierto antes del 1 de octubre de 2025 o cambiarse de local dentro de la zona.
  • Viviendas turísticas y alojamientos rurales de ese tipo, y todo local que no atienda al público en persona.
  • El IVA y los pagos en efectivo o financiados.

La trampa: se pide con todo ya pagado, y la obra se inscribe en el Registro

Es una ayuda a posteriori. La solicitud va con la cuenta justificativa (anexo I) y las facturas escaneadas con su justificante bancario, y todo tiene que estar pagado antes de presentar. No hay un plazo de justificación después: si una factura no está pagada el 30 de septiembre, no entra.

Al ser concurrencia no competitiva, se atiende a quien cumple hasta que se acaban los 50.000 €. Con un solo hotel de 41 plazas se va el crédito entero, así que presentar pronto importa.

Después de cobrar:

  • Hay que mantener la actividad, la inversión y el empleo al menos 12 meses desde el alta en Hacienda en ese local.
  • Si has cobrado por obras en el local, las bases piden destinarlo a ese fin cinco años y hacerlo constar, con el importe de la ayuda, en el Registro de la Propiedad. Con un local alquilado eso depende del propietario: háblalo antes de meter la obra.
  • El Ayuntamiento puede pedirte una placa visible durante un año e invitarte a sus programas de asesoramiento y formación.

Se tramita solo por la sede electrónica del Ayuntamiento, con certificado digital.

Ojo con un detalle del decreto: su primer punto habla de «concurrencia competitiva», pero las bases, la convocatoria y el extracto dicen no competitiva hasta agotar el crédito, y no hay criterios de puntuación. Manda lo que dicen las bases. El mismo BOP del 10 de septiembre publica aparte otra convocatoria de Alcalá la Real, de ayudas al alquiler para nuevas iniciativas empresariales, que es otra ayuda distinta.

Plazo30 de septiembre de 2026

Cerrada

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Texto oficial

Extracto de la convocatoria, BOP de Jaén núm. 176 de 10 de septiembre de 2026, edicto 2026/4214Decreto 2026-4088 de 7 de septiembre de 2026 de aprobación de las bases y la convocatoria, publicado en la BDNSBases en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá la RealFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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