Creación escénica: teatro, circo, magia y danza
Hasta el 90 % del coste de montar un espectáculo, con 18.000 € para compañías nuevas, 60.000 € en teatro y circo, 37.500 € en danza y 100.000 € para la actividad plurianual de las compañías consolidadas.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Autónomos, empresas, sociedades civiles y comunidades de bienes con objeto social de actividades escénicas y alta en el IAE 965
- Cuánto se cobra
- 75 %-90 % del presupuesto, con topes de 18.000 € a 100.000 € según modalidad
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 870.000 € en la convocatoria de 2026, repartidos en tres anualidades
- Organismo
- GALICIA. Código BDNS 875670.
Quién puede pedirla
Personas físicas (autónomas) o jurídicas privadas, sociedades civiles y comunidades de bienes —o cualquier agrupación sin personalidad jurídica propia— y uniones temporales de empresas que (art. 2.1):
- Tengan social o estatutariamente como objeto o fin social el desarrollo de actividades escénicas.
- Desarrollen mayoritariamente su actividad en Galicia.
- Estén dadas de alta en el epígrafe 965 de la sección de actividades empresariales del IAE, o en la división 01 (teatro y circo) o la división 02 (danza) de la sección 3 de actividades artísticas.
Quién queda fuera (art. 2.2)
- Las asociaciones y demás entidades sin fines de lucro.
- Quien fue beneficiario de la modalidad 4 en la convocatoria anterior.
La exclusión de las entidades sin ánimo de lucro es tajante y sorprende a mucha compañía amateur que se ha constituido como asociación. Para acceder a esta línea hay que ser empresa o autónomo con alta en el IAE. Si un cliente está en esa situación, el trabajo previo es el cambio de forma jurídica.
Las cuatro modalidades y su cuantía
| Modalidad | Presupuesto máximo del proyecto | Intensidad | Subvención máxima |
|---|---|---|---|
| 1 · Espectáculos de empresas de nueva creación | 20.000 € | 90 % | 18.000 € |
| 2 · Creación escénica en teatro, nuevo circo y magia | 80.000 € | 75 % | 60.000 € |
| 3 · Danza y artes del movimiento | 50.000 € | 75 % | 37.500 € |
| 4 · Actividad escénica plurianual | 125.000 € | 80 % | 100.000 € |
La modalidad 1 es la mejor intensidad del catálogo cultural gallego: un 90 % deja apenas 2.000 € de aportación propia en un proyecto de 20.000 €. Y compite en un grupo pequeño, porque exige compañía de menos de cinco años y equipo artístico joven.
Requisitos específicos
Modalidad 1 · Nueva creación
- Antigüedad de la compañía no superior a cinco años, contados desde la primera alta en el IAE en producción o distribución de espectáculos.
- El equipo artístico debe estar integrado al menos en un 75 % por personas nacidas a partir de 1991. Cuentan como equipo artístico: elenco, dirección y responsables del diseño del espacio escénico, de luz, del espacio sonoro y del vestuario.
Modalidad 4 · Plurianual
- Diez años de actividad empresarial ininterrumpida en artes escénicas.
- Facturación media de los dos últimos años de 100.000 € como mínimo, o 60.000 € en danza y artes del movimiento.
- Máximo dos producciones y un plan de gira de 70 funciones —50 en danza— entre mercado gallego y exterior, de las cuales al menos 15 —10 en danza— deben corresponder a una de las producciones del proyecto.
- Solo se subvencionan tres solicitantes para el periodo 2026-2028.
Tres beneficiarios en toda Galicia hacen de la modalidad 4 una competición muy cerrada. Pero quien fue beneficiario en la convocatoria anterior no puede repetir, lo que renueva el grupo cada ciclo y abre la puerta a compañías que la vez pasada quedaron fuera.
Gastos subvencionables y sus topes
| Concepto | Límite |
|---|---|
| Personal incluido en la ficha de producción. En la modalidad 4, también el personal de gira | máximo 70 % del proyecto (modalidad 4) |
| Producción: escenografía, vestuario, música, luz y sonido | máximo 30 % |
| Promoción y publicidad | máximo 10 % |
| Derechos de autor | — |
| Dietas, transporte y otras indemnizaciones | según las tarifas máximas del convenio colectivo de actores y actrices de Galicia |
| Gastos generales de mantenimiento y gestión | máximo 7 % de los costes totales |
| Gastos financieros directamente relacionados e indispensables | — |
| Alquiler de local de ensayo | 3 meses; 6 meses en la modalidad 4 |
No subvencionable
- Intereses deudores de cuentas bancarias.
- IVA e impuestos similares recuperables.
- Subcontratación con empresas vinculadas o con empresas cuyo objeto social no sea la prestación de ese servicio.
- Servicios artísticos de las personas titulares de la empresa por encima del 20 % del proyecto por cada titular, con un límite conjunto del 50 %.
Ese último límite es el que más discusiones genera en compañías pequeñas donde los socios actúan y dirigen. Si el titular se factura a sí mismo por encima del 20 %, ese exceso no computa como gasto subvencionable, y el presupuesto se queda corto respecto de lo solicitado. Conviene repartir el proyecto entre varios titulares o externalizar parte del trabajo artístico.
Periodo de ejecución
- La producción debe iniciarse en el ejercicio 2026.
- Son subvencionables los gastos de producción entre el 1 de enero de 2026 y la fecha del estreno. En la modalidad 4, también los de la gira.
- Estreno: entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027 en las modalidades 1, 2 y 3; hasta el 31 de marzo de 2028 en la 4.
Quien fue beneficiario en la convocatoria anterior y estrena ese proyecto en 2026 solo puede imputar al nuevo los gastos posteriores a ese estreno.
Cómo se reparte y cómo se solicita
Crédito por modalidad y anualidad
| Modalidad | 2026 | 2027 | 2028 | Total |
|---|---|---|---|---|
| 1 · Nueva creación | 17.500 € | 52.500 € | — | 70.000 € |
| 2 · Teatro, circo y magia | 100.000 € | 300.000 € | — | 400.000 € |
| 3 · Danza | 25.000 € | 75.000 € | — | 100.000 € |
| 4 · Plurianual | 75.000 € | 75.000 € | 150.000 € | 300.000 € |
| Total | 217.500 € | 502.500 € | 150.000 € | 870.000 € |
Si una modalidad no agota su crédito por falta de solicitudes, incumplimiento de requisitos o falta de calidad, la Dirección de la Agencia puede reasignarlo a otra, con prioridad para aquella donde el desequilibrio entre lo solicitado y la dotación sea mayor.
Existe lista de espera. Las solicitudes que cumplen todos los requisitos pero se quedan sin subvención por agotamiento del crédito pasan a una lista ordenada por puntuación. Quedar fuera en la primera vuelta no cierra la puerta si hay renuncias o ampliación de crédito.
Reglas de presentación
- Se puede presentar más de un proyecto en modalidades distintas, pero solo uno puede resultar subvencionado por solicitante. Hay que fijar un orden de prelación que la comisión respetará.
- No pueden presentar el mismo proyecto distintos solicitantes, ni presentarse un mismo proyecto a dos modalidades.
- En coproducciones, para valorar los criterios de empresa solo cuenta la entidad que figure como solicitante.
Plazo de la convocatoria de 2026: cerró el 23 de enero de 2026. El procedimiento es de concurrencia competitiva y la suma de ayudas nunca puede superar el 100 % del coste de la actividad.
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