Actividad cultural en el medio rural de Canarias 2026: de 10.000 a 20.000 € por proyecto
85.095 € del Ministerio de Cultura que reparte la Consejería canaria para proyectos culturales en municipios de menos de 30.000 habitantes. Si eres autónomo del sector cultural o tienes una empresa cultural, puedes pedir de 10.000 a 20.000 €, hasta el 80 % del coste. Con ese crédito solo caben entre cuatro y ocho proyectos: es un concurso de verdad y hay que sacar 15 puntos de 45 para no quedar excluido. Lo mejor: el gasto cuenta desde el 1 de enero de 2026 y hay hasta octubre de 2027 para ejecutarlo.
Ficha revisada el 4 de octubre de 2026 · BDNS 933060
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas con actividad profesional por cuenta propia dadas de alta en el RETA que desarrollen actividades culturales, y personas jurídicas privadas con ánimo de lucro con alguna actividad cultural en su objeto social. También pueden pedirla entidades privadas sin ánimo de lucro y entidades públicas. En todos los casos, domicilio fiscal en Canarias a la fecha de cierre del plazo
- Cuánto se cobra
- Entre 10.000 € y 20.000 € por proyecto y por persona o entidad beneficiaria, con el límite del 80 % de los costes subvencionables. El presupuesto del proyecto, contando solo costes subvencionables, tiene que ser de 12.500 € o más sin IGIC
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con tramitación de urgencia. Se bareman sobre 45 puntos, se ordenan de mayor a menor y se asigna el 100 % de lo solicitado hasta agotar el crédito, con el tope del 80 %. Quedan excluidas las solicitudes que no lleguen a 15 puntos
- Presupuesto
- 85.095 €, con cargo a la partida 17.07.334A.480.02, fondo 4017006, P.I. 170G0138. Financiación estatal al 100 %: es el importe que le correspondió a Canarias en el reparto territorial acordado por el Pleno de la Conferencia Sectorial de Cultura de 30 de abril de 2026. El crédito puede incrementarse sin nueva convocatoria si se publica en el BOC la declaración de créditos disponibles antes de resolver, y eso no abre plazo nuevo ni reinicia el cómputo. La BDNS publica la misma cifra
- Organismo
- CANARIAS. Código BDNS 933060.
La cuenta rápida: 85.095 € dan para cuatro proyectos, o para ocho
Vale la pena hacer la división antes de ponerse a escribir la memoria. El crédito son 85.095 € y cada proyecto cobra entre 10.000 y 20.000 €. Eso significa:
- Si todos piden el máximo: caben cuatro proyectos.
- Si todos piden el mínimo: caben ocho.
No hay prorrateo. El texto es explícito: los proyectos se ordenan por puntuación y se asigna el 100 % de la subvención solicitada hasta agotar el crédito, con el límite del 80 % de los costes subvencionables. El que queda fuera, queda fuera entero.
Y hay un suelo que elimina proyectos pequeños: el presupuesto del proyecto, contando solo costes subvencionables, tiene que ser de 12.500 € o más sin IGIC. Con el tope del 80 %, un proyecto de 12.500 € puede cobrar como mucho 10.000 €, que es justo el mínimo. Por debajo de 12.500 € no hay nada que pedir.
Dos filtros antes que nada: el municipio y los 15 puntos
El municipio
El proyecto tiene que desarrollarse exclusivamente en municipios canarios con población inferior a 30.000 habitantes y densidad inferior a 100 habitantes por km², según la definición del artículo 3.a) de la Ley 45/2007 de desarrollo sostenible del medio rural. La lista cerrada está en el Anexo II de las bases: no es una estimación, es una relación de municipios.
Si el proyecto es supramunicipal, todos los municipios donde se desarrolle tienen que cumplir los requisitos. Uno solo que no esté en el Anexo II tumba el proyecto entero.
Los 15 puntos
La base 13.2 lo dice en una línea: quedarán excluidas las solicitudes que sumen menos de 15 puntos de los 45 posibles. No es un umbral teórico: es un tercio del baremo.
Y hay tres casillas de 5 puntos cada una que no dependen de la calidad del proyecto sino de cómo lo diseñes:
- Espacios colaborativos (5 puntos): incluir actividades de encuentro de colectivos, creadores, artistas, emprendimiento e iniciativas culturales.
- Contenido ambiental (5 puntos): que el proyecto incluya contenidos de sensibilización ambiental, transición ecológica y uso sostenible de los recursos naturales.
- Carácter gratuito (5 puntos): que la actividad sea íntegramente gratuita para el público.
Esas tres solas son 15 puntos, el mínimo exacto para no quedar excluido. Si además el municipio tiene menos de 3.000 habitantes, son 10 puntos más. Ahí está el partido.
El baremo completo, 45 puntos
Criterios generales (hasta 12 puntos)
- 5 puntos si la memoria desarrolla y justifica suficientemente la contribución a una o varias de estas finalidades: promoción de la innovación y el emprendimiento cultural en el municipio; sensibilización ambiental y transición ecológica; ejercicio de los derechos culturales e igualdad en el acceso a la cultura independientemente del lugar de residencia.
- Hasta 2 puntos por calidad, interés, singularidad y carácter innovador, justificados de forma pormenorizada.
- Capacidad organizativa y económica, por proyectos con presupuestos similares ejecutados en los últimos 3 años: más de 10 proyectos, hasta 2 puntos; de 4 a 9, 1,5 puntos; hasta 3, 1 punto.
- 1 punto por viabilidad técnica justificada: características técnicas, modelo de realización, medios técnicos, medios humanos y su cualificación, materiales y controles de calidad.
- 0,5 puntos cada una por incorporar herramientas de medición y evaluación del impacto cultural, del impacto social y económico, del impacto en la calidad de vida y del impacto en la sostenibilidad medioambiental: 2 puntos si están las cuatro.
Población del municipio (hasta 10 puntos)
Por hacer el proyecto, o una parte significativa —el 75 %—, en municipios de: menos de 3.000 habitantes, 10 puntos; 3.000 a 5.000, 8; 5.001 a 10.000, 6; 10.001 a 20.000, 4; 20.001 a menos de 30.000, 2.
Participación social (hasta 5 puntos)
Por la implicación de la población y del tejido asociativo y empresarial del municipio: más del 60 % de agentes participantes residentes en el municipio, 5 puntos; del 41 al 60 %, 2 puntos; del 20 al 40 %, 1 punto. El salto del 60 % vale más del doble: conviene contar bien quién participa.
Actividades programadas (hasta 3 puntos)
Más de 5 actividades, 3 puntos; de 3 a 5, 2 puntos; hasta 2, 1 punto.
Y las tres de 5 puntos
Espacios colaborativos, contenido ambiental y carácter gratuito, como se ha dicho arriba.
Lo mejor: el gasto cuenta desde enero de 2026 y hay hasta 2027
Esta es la gran ventaja de la convocatoria, y poca gente la mira.
- Plazo de ejecución: del 1 de enero de 2026 al 1 de octubre de 2027. Es retroactivo: lo que ya has hecho este año cuenta.
- Plazo de justificación: hasta el 1 de noviembre de 2027, ampliable si lo pides antes de que venza, por un periodo no superior al concedido inicialmente. Si no te contestan antes del vencimiento, la ampliación se entiende desestimada: no se puede dar por hecha.
Casi dos años de ventana de ejecución para un proyecto cultural es muchísimo. Permite encajar un festival de este verano y otro del que viene en la misma solicitud.
Qué gastos entran
La lista de la base 19 no es exhaustiva, pero da la medida: proyecto técnico y honorarios de consultoría especializada en gestión cultural; cachés de artistas, compañías y comisariados; diseño, creación, producción, montaje y desmontaje de escenografías; servicios técnicos y auxiliares de la programación; el IGIC cuando no sea recuperable o compensable; derechos de autor; investigación e innovación, formación, mediación y consultoría, incluidos los sistemas de medición de impacto; alquiler de espacios de exhibición; difusión en plataformas en línea o streaming; comunicación y publicidad en línea y fuera de línea, con diseño y materiales promocionales; y contratación de personal vinculado al proyecto.
La regla de las tres ofertas
Es el incumplimiento más habitual al justificar. Cuando un gasto subvencionable supere los umbrales del contrato menor del artículo 118 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, hay que pedir como mínimo tres ofertas de proveedores distintos antes de contratar, y aportarlas en la justificación o en la solicitud. Si no se elige la más económica, hay que justificar la elección en una memoria. Hay dos excepciones: que no haya en el mercado bastantes empresas que lo hagan, o que el gasto ya estuviera hecho antes de pedir la subvención.
Quién queda fuera, y cómo se resuelve
Además de no cumplir los requisitos de la base 5 o estar en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, quedan excluidas:
- Las empresas en crisis según el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014.
- Las empresas con una orden de recuperación pendiente por una ayuda declarada ilegal por la Comisión Europea.
- Las asociaciones no inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias.
- Quien no esté al corriente con Hacienda o la Seguridad Social.
Y por el lado de las solicitudes: los proyectos cuyo fin principal no sea el objeto de la convocatoria, los que no cumplan los requisitos de la base 6, los de contenido discriminatorio o de enaltecimiento de la violencia, y las presentadas fuera de plazo.
Plazos y silencio
La solicitud se presenta por la sede electrónica del Gobierno de Canarias. El plazo para resolver y notificar es de tres meses desde el día siguiente a la publicación en el BOC, y si pasa sin resolución la solicitud se entiende desestimada por silencio.
Las resoluciones provisional y definitiva no se notifican una a una: se publican en el tablón de anuncios de la Consejería, en gobiernodecanarias.org/cultura. Hay que mirarlo, porque ese es el acto de notificación.
Plazo sin fecha publicada
Todavía no hay fecha: la fija el boletín al publicar la convocatoria.
Te la tramitamos nosotros
Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.
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